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80 NORMAS LEGALES Jueves 28 de octubre de 2021 El Peruano / sesión ordinaria de consejo previa revisión y discusión se proceda a su aprobación. - CORRESPONDE a la Gerencia General Regional emitir la conformidad del expediente subsanado que sustenta la aprobación del TUPA de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, los cuales han sido elaborados conforme a lo previsto en el TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, y los Decretos Legislativos Nº 1246 y 1310, y los lineamientos aprobados por Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto único de Procedimientos Administrativos TUPA, para lo cual se adjunta el proyecto de Ordenanza Regional. Que, con Informe Nº 15-2021-GRJ/GGR, de fecha 06 de mayo de 2021, el Gerente General Regional – Lic. Clever Ricardo Untiveros Lazo, remite a la Consejera Delegada del Gobierno Regional Junín, el expediente sobre aprobación del proyecto “Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín”, concluyendo lo siguiente: Se otorga conformidad al procedimiento de aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín. Asimismo, recomienda, que previo análisis y debate por parte de los Consejeros Regionales, se apruebe mediante Ordenanza Regional, el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, conforme a los argumentos expuestos en el presente informe. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y contando con Dictamen favorable Nº 018-2021-GRJ-CR/CPPPyAT de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, en concordancia con su Reglamento Interno. El Consejo Regional ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES JUNÍN” ACUERDA: Artículo Primero: DEROGUÉSE, la Ordenanza Regional Nº 222-2015-GRJ/CR de fecha 15 de diciembre del año 2015 y toda normatividad que contravenga la presente Norma Regional. Artículo Segundo: APROBAR, EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES JUNÍN”, por los considerandos expuestos líneas arriba. El cual consta de los siguientes documentos: PRIMER ANILLADO - TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA DRTC. SEGUNDO ANILLADO DE 195 FOLIOS – FORMATO “B”, TABLA ASME VERSION MEJORADA (VN) – SUSTENTOS DE COSTOS. Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional, la publicación de la presente ordenanza regional, en el Diario O fi cial El Peruano, en la página web del Gobierno Regional Junín y en el Diario encargado de los avisos judiciales de la Región Junín. Dado en la Sala Virtual de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 06 días del mes de julio del 2021. XIMENA M. LOPEZ CASTRO Consejera DelegadaConsejo RegionalPor lo tanto: Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 15 días del mes de julio de 2021. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2005251-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza que regula el procedimiento administrativo gratuito de visación de planos para dotación de servicios básicos a posesiones informales y/u organizaciones sociales ubicadas en el distrito ORDENANZA Nº 460-2021-MDA Ancón, 6 de octubre de 2021VISTO:Memorándum Nº 555-2021-GM/MDA, de fecha 04 de octubre de 2021, Informe Nº 470-2021-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 460-2021-GDU/MDA de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe Nº 545-SGPUOPYC/MD de la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro (e), y; CONSIDERANDO:Que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 197º, primer párrafo, de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Consejo Municipal-, cumple función normativa a través de Ordenanzas las cuales tiene rango de Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º, numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, el artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las municipalidades en materia de organización del espacio físico y uso del suelo ejercen, entre otras funciones especí fi cas, la de reconocer los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalización, y las demás funciones establecidas de acuerdo a los planes y normas de la materia; Que, de conformidad con el artículo 24º de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos en los terrenos ocupados por posesiones a las que se re fi ere el artículo 3º de dicha ley; Que, de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización, hasta el 31 de diciembre de 2015. Que, es política de la actual gestión municipal, el otorgar a los vecinos del distrito todas las facilidades para la obtención de los servicios básicos que les permita tener un lugar digno donde puedan desarrollarse, por lo que es necesario la emisión de una norma municipal que les permita cumplir con los requisitos necesarios para la formalización de la propiedad informal; Que mediante Informe Nº 545-SGPUOPYC/MD de fecha 27 de setiembre de 2021, la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro (e),