Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (31/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Domingo 31 de octubre de 2021 El Peruano / Cuarta.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 2006872-1 Ordenanza que aprueba el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales ORDENANZA Nº 457-MVES Villa El Salvador, 28 de octubre del 2021POR CUANTO:VISTOS: El Dictamen N° 001-2021-CDIS-MVES de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social, el Memorando Nº 1097-2021-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 381-2021-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 826-2021-OPP/MVES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 083-2021-GDIS/MVES de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social y el Informe N° 075-2021-SGECDJ/MVES de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, sobre aprobación de Proyecto de Ordenanza que aprueba el Apoyo económico a los deportistas califi cados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos o fi ciales, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modi fi cada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”.; Que, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.”; así también el artículo 40° señala que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.(…).”; Que, el artículo 73° de la norma precitada, establece las materias de competencia municipal, encontrándose entre ellos los siguientes: “2.3) Educación, cultura, deporte y recreación.”; asimismo, en su artículo 82° se establece que: “Las Municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes: (…) 18) Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general, (…).”; Que, los artículos 2° y 17° de la Ley N° 29544, Ley que modi fi ca artículos de la Ley N° 28036, Ley de promoción y desarrollo del deporte, de fi ne al deporte como: “Actividad física que se promueve como un factor importante para la recreación, la mejora de la salud, la renovación y desarrollo de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano, mediante la participación y sana competencia en todas sus disciplinas deportivas y recreativas.” y “El Instituto Peruano del Deporte a través de sus respectivos Consejos Regionales apoyará con asistencia técnica especializada a las municipalidades para la elaboración de planes y programas de promoción y desarrollo en materia deportiva, recreativa y de educación física.”, respectivamente; Que, el literal c) del artículo 2° de la Ley N° 30994, Ley del Deportista de Alto Nivel, de fi ne como deportista califi cado: “Al que obtiene resultados a nivel nacional y participa en eventos internacionales o fi ciales sin resultados.”; Que, el Decreto Supremo N° 003-2017-MINEDU, que aprueba la Política Nacional del Deporte, que tiene como objetivo incrementar el número de peruanos practicando deporte y mejorar el desempeño deportivo como país en competencias internacionales, con el fi n de hacer del deporte un motivo de orgullo nacional y lograr la mejora de la calidad de vida de nuestra sociedad; asimismo, en su numeral 4.4.2) hacen mención de los roles de las principales actores de la Política del Deporte, resaltando que los Gobiernos Locales, ejercen su rol de normar, coordinar y fomentar el deporte. Que, con Informe N° 075-2021-SGECDJ-GDIS/ MVES, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, re fi ere a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, que sería oportuno la creación de un apoyo económico a los deportistas cali fi cados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos o fi ciales, a través de la entrega del equivalente a (05) cinco Unidades Impositivas Tributarias (UITs) para apoyar económicamente su participación en competencias y eventos o fi ciales, con ello la municipalidad reconocería el esfuerzo, empeño y dedicación del deportista, así como fortalecer su crecimiento deportivo profesional; asimismo, solicitan se elabore el proyecto de Ordenanza; Que, con Memorando N° 826-2021-OPP/MVES, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, otorga opinión favorable en materia presupuestal sobre el Apoyo económico a los deportistas cali fi cados y/o federados del distrito de Villa el Salvador en competencias y eventos deportivos o fi ciales, precisando que se realizará la modi fi cación presupuestal hasta por el monto total del apoyo económico según el valor de la UIT vigente, así como se preverá la programación del apoyo económico de los años subsiguientes en la Programación Multianual Presupuestaria 2023-2025; Que, con Informe N° 083-2021-GDIS/MVES, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, eleva la propuesta fi nal del proyecto de Ordenanza de “Apoyo económico a los deportistas cali fi cados y/o federados del distrito de Villa el Salvador en competencias y eventos deportivos o fi ciales”, que consiste en un apoyo económico de (05) UITs, a ser entregado entre (02) dos deportistas que residan en el distrito previa postulación y aprobación del Comité Evaluador de Deportistas Cali fi cados y/o Federados; Que, con Informe N° 381-2021-OAJ/MVES la O fi cina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración lo señalado por la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, que solicita la aprobación del proyecto de “Ordenanza de apoyo económico para deportistas cali fi cados y/o federados del distrito de Villa el Salvador en competencias y eventos deportivos o fi ciales”, la cual tiene por objeto estimular el desarrollo de los deportistas brindando una colaboración económica por parte de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador, emite opinión precisando que resulta legalmente procedente la aprobación del mencionado proyecto de Ordenanza, por lo que deberá ponerse en consideración del Concejo Municipal para su aprobación mediante Ordenanza Municipal, ello al amparo de lo establecido en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo recomienda que en forma oportuna se lleve a cabo la elaboración de las Bases de participación, evaluación y selección para el apoyo económico para deportistas cali fi cados y/o federados del distrito de Villa el