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89 NORMAS LEGALES Domingo 31 de octubre de 2021 El Peruano / Que, mediante el Informe N° 248-2019-SUNAFIL/INII, la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva (INII), propone la implementación de sedes de la SUNAFIL en Lima Metropolitana, señalando, entre otros aspectos, la distribución territorial desplegada en cuatro (4) zonas: (i) Centro, (ii) Norte, (iii) Este y (iv) Sur; asimismo, identi fi ca el orden de priorización de los distritos para implementar dichas sedes, no considerándose a la zona “Centro” de Lima Metropolitana por contar con una sede de atención al ciudadano; Que, a través del Informe N° 073-2019-SUNAFIL/ ILM y el Memorándum N° 1807-2021-SUNAFIL/ILM, el Intendente Regional de la Intendencia de Lima Metropolitana señala que estando al Informe N° 248-2019-SUNAFIL/INII, emitido por la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, que establece la evaluación de diversos criterios, correspondería implementar un punto de atención en la zona norte de Lima Metropolitana, por tanto, solicita la implementación de la Plataforma de Inspección del Trabajo en la zona norte de Lima Metropolitana, en el Distrito de Independencia, teniendo en cuenta la cantidad importante del volumen de ventas, población activa, denuncias e índice de informalidad, así como el alto índice de centros de trabajo que se ubican en dicho espacio geográ fi co de la ciudad, y que el acercamiento de la entidad coadyuvará a la inmediatez en la realización de las actuaciones inspectivas, especialmente respecto a despidos arbitrarios y accidentes de trabajo, entre otros; Que, con el Informe N° 744-2021-SUNAFIL/GG/ OGA/ORH, la O fi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, emite opinión técnica favorable señalando que el fortalecimiento de la presencia de la SUNAFIL en el ámbito territorial de la Intendencia de Lima Metropolitana implica la implementación de una Plataforma de Inspección del Trabajo en la zona norte de Lima Metropolitana, dependiente de la citada Intendencia, que estaría ubicada en el Distrito de Independencia, lo cual amerita implementar acciones de personal inspectivo y no inspectivo que coadyuve al fortalecimiento de las actividades y servicios que la entidad brindará al ciudadano en dicho ámbito geográ fi co de la ciudad; Que, por su parte, la O fi cina General de Administración, a través del Memorándum N° 1212-2021-SUNAFIL/GG/OGA, señala que conforme al Memorándum N° 970-2021-SUNAFIL/GG/OGA/ABAS, emitido por el Equipo Funcional denominado Unidad de Abastecimiento y el Memorándum N° 619-2021-SUNAFIL/GG/OGTIC, de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, se determina la viabilidad administrativa y operativa para la implementación de una Plataforma de Inspección del Trabajo en la zona norte de Lima Metropolitana, dependiente de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL, ubicada en el Distrito de Independencia; Que, asimismo, mediante el Informe N° 340-2021-SUNAFIL/GG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable señalando la viabilidad administrativa, operativa y presupuestal para la creación de la Plataforma de Inspección del Trabajo en la zona norte de Lima Metropolitana, dependiente de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL, ubicada en el Distrito de Independencia; asimismo, señala que la implementación de la Plataforma en mención ha seguido el procedimiento establecido en la Ficha Técnica de Implementación y Funcionamiento de la “Plataforma de Inspección del Trabajo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL”, aprobada por la Resolución de Gerencia General N° 06-2020-SUNAFIL-GG; Que, a través del Informe de vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la creación de la Plataforma de Inspección del Trabajo en la zona norte de Lima Metropolitana, en función a la opinión técnica funcional de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, y la opinión técnica administrativa, operativa y presupuestal favorable de la O fi cina General de Administración, la O fi cina General de Tecnología de la Información y Comunicaciones, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Recursos Humanos; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, del Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la O fi cina General de Administración, y de la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; y la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Crear, a partir del 03 de noviembre de 2021, la “PLATAFORMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO EN LA ZONA NORTE DE LIMA METROPOLITANA, DEPENDIENTE DE LA INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL – SUNAFIL”, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Plataforma de Inspección del Trabajo creada según el artículo 1 precedente, ejecute las actividades señaladas en la Ficha Técnica de Implementación y Funcionamiento que como Anexo forma parte integrante de la Resolución de Gerencia General N° 06-2020-SUNAFIL-GG. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Gerencia General 2006794-1 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000199-2021/JNAC/RENIEC Lima, 30 de octubre de 2021 VISTOS: Las Hojas de Elevación N° 000233-2021/GTH/ RENIEC (03SEP2021) y N° 000280-2021/GTH/RENIEC (28OCT2021) de la Gerencia de Talento Humano; la Hoja de Elevación N° 001209-2021/GTH/SGPS/RENIEC (28OCT2021) e Informe N° 000085-2021/SGPS/GTH/RENIEC (27AGO2021) de la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano; el Memorando N° 001443-2021/GPP/RENIEC (01SEP2021) de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N° 000203-2021/GPP/SGRM/RENIEC (01SEP2021) de la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N° 001106-2021/GAJ/RENIEC (29OCT2021) y la Hoja de