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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (03/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Viernes 3 de setiembre de 2021 El Peruano / Designan Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 169-2021-JUS Lima, 2 de setiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al abogado Guillermo Julio Vargas Jaramillo, en el cargo de Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1987946-5 Actualizan conformación de miembros integrantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que forman parte de la Comisión de Gracias Presidenciales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0154-2021-JUS Lima, 2 de setiembre de 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 004-2007- JUS, modi fi cado por el artículo 5 del Decreto Supremo N° 008-2010-JUS, establece que la Comisión de Gracias Presidenciales está integrada por cinco (5) miembros, de los cuales cuatro (4) son designados por Resolución Ministerial del Ministro de Justicia (actualmente Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos), y uno (1) en representación del Despacho Presidencial, designado por Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros; Que, resulta necesario actualizar la conformación de la citada Comisión; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 004-2007-JUS, modi fi cado por el artículo 5 del Decreto Supremo N° 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales;SE RESUELVE: Artículo 1.- Actualizar la conformación de los miembros integrantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que forman parte de la Comisión de Gracias Presidenciales, de acuerdo al siguiente detalle: - Gilmar Vladimir Andía Zúñiga, quien la preside. - Mariella Lenkiza Valcárcel Angulo.- Martín Antonio Salgado Arroyo.- Zoila Isabel Macavilca Román. Artículo 2.- Dejar sin efecto toda aquella disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1987720-1 PRODUCE Aprueban diversas Guías de Implementación Peruanas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 020-2021-INACAL/DN Lima, 26 de agosto de 2021CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, los numerales 19.1 y 19.5 del artículo 19 de la citada Ley, establecen que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización; Que, el artículo 35 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, goza de autonomía técnica y funcional; Que, el literal m) del artículo 36 del acotado Reglamento de Organización y Funciones establece que es función de la Dirección de Normalización promover la importancia de las normas como herramientas para mejorar el acceso a los mercados, la transferencia de tecnología a través de servicios de información, ventas y promoción de las normas técnicas; Que, el artículo 13 del Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas, Guías y Textos a fi nes a las actividades de Normalización, de fi ne a la Guía de Implementación Peruana (GIP) como documento que establece orientaciones relacionadas a la implementación de los requisitos de una Norma Técnica Peruana. Es elaborada por la Dirección a través de la experiencia de los especialistas de la Dirección, los CTN/SC, consultores o cualquier parte interesada con experiencia en el sector. La GIP debe contar con la opinión del CTN/SC relacionado con la NTP objeto de la GIP. También pueden ser desarrolladas como resultado de la cooperación interinstitucional o internacional;