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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (03/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Viernes 3 de setiembre de 2021 El Peruano / a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.FIDEL PINTADO PASAPERA Presidente Ejecutivo ANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NºENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANSFEREN- CIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRIMANTENIMIENTO PERIÓ- DICO DE CAMINO VECINAL NO PAVIMENTADO TRAMO 1: MARGEN DERECHO UBIATO – VILLA EL SALVADOR Y TRA-MO 2: MARGEN IZQUIERDO UBIATO – UBIATO ALTA DEL DISTRITO DE KIMBIRI – LA CONVENCIÓN – CUSCO 594,160.00 TOTAL 594,160.00 1987926-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Castillo Grande RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 092-2021-DV-PE Lima, 2 de setiembre de 2021VISTO:El Memorando N° 000909-2021-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 01 que detalla las Actividades, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° 000058-2021-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de las Actividades que serán fi nanciadas con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”, en el año 2021, DEVIDA suscribió una Adenda con la Municipalidad Distrital de Castillo Grande para la ejecución de las Actividades detalladas en el Anexo N° 01, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES (S/ 274,500.00), cuyo fi nanciamiento se efectuarán a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000143-2021-DV-OPP-UPTO e Informe N° 000144-2021-DV-OPP-UPTO, Informes Previos Favorables que dispone el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; asimismo, se ha emitido las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000687 y N° 0000000688 y, la respectiva conformidad de los Planes Operativos de las Actividades; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de las Actividades detalladas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con los Planes Operativos aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES (S/ 274,500.00), para fi nanciar las Actividades a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2021 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de las Actividades descritas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las