Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Sábado 4 de setiembre de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aclaran que el órgano competente para la afiliación de los establecimientos comerciales al Programa de Incentivos “Vecino Puntual San Miguelino”, aprobado por Ordenanza N° 418/MDSM, es la Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2021/MDSM San Miguel, 1 de septiembre de 2021EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;VISTOS, el memorando Nº 647-2021-GM/MSDM, emitido por Gerencia Municipal, el informe Nº 303-2021-OAJ/MDSM, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica y el memorando Nº 342-2021-OATF/MDSM, emitido por la Ofi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modi fi catorias, Leyes de Reforma Constitucional, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, en el artículo 195º otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo Segundo del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal, entre otras; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias, establece que excepcionalmente los gobiernos locales pueden condonar, con carácter general, el interés moratorio y sanciones, respecto de los impuestos que administren, y en caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también puede afectar el tributo; Que, mediante Ordenanza Nº 418/MDSM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” en fecha 30 de septiembre de 2020, se aprueba el Programa de Incentivos “Vecino Puntual San Miguelino” que tiene por objeto otorgar una serie de bene fi cios a todos aquellos contribuyentes que tengan la calidad de personas naturales y sean propietarias por lo menos de un predio cuyo uso este destinado a casa habitación, y que no registren en su cuenta corriente ninguna deuda tributaria pendiente de pago; Que, el artículo 9º de la ordenanza antes señalada, refiere que “la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización podrá invitar a personas naturales y/o jurídicas titulares de los centros, policlínicos, establecimientos comerciales o de servicios a fin de que ofrezcan descuentos y/o promociones a los vecinos puntuales”. Asimismo, se refiere que (..) “Para la afiliación correspondiente se suscribirá un Compromiso o Acuerdo de Afiliación entre el titular o representante legal del centro, policlínico, establecimiento comercial o de servicios y la Municipalidad, otorgando las facultades para este fin a la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización”; Que, mediante Ordenanza Nº 433/MDSM, se aprobó la Ordenanza que establece la adecuación y modi fi cación de la estructura orgánica y reglamento de organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, la cual adecua y modi fi ca la denominación de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, así establecida mediante la derogada Ordenanza Nº 403/MDSM, a O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización; Que, mediante documento de vistos, la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización precisa que, resulta necesario adecuar en la Ordenanza Nº418/MDSM, la denominación actual de la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, debido a la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 433/MDSM, Ordenanza que establece la adecuación y modi fi cación de la estructura orgánica y reglamento de organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, a través del informe de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable, a fi n de que a efectos de la aplicación de la Ordenanza Nº418/MDSM, Ordenanza que aprueba el Programa de Incentivos “Vecino Puntual San Miguelino” en cuanto se menciona a la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, deberá decir O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, en concordancia con la denominación establecida por la Ordenanza Nº 433/MSDM, Ordenanza que establece la adecuación y modi fi cación de la estructura orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, a través de memorando de vistos, Gerencia Municipal, al haber tomado conocimiento de la propuesta del presente Decreto de Alcaldía, remite el mismo, a fi n que se prosiga con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, estando a lo expuesto y contando con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- ACLÁRESE en la Ordenanza Nº 418/MDSM, Ordenanza que aprueba el Programa de Incentivos “Vecino Puntual San Miguelino” que el órgano competente para la a fi liación de los establecimientos comerciales al programa antes referido es la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización. Artículo 2º.- ADECUESE, para efectos de la aplicación de la Ordenanza Nº 418/MDSM, Ordenanza que aprueba el Programa de Incentivos “Vecino Puntual San Miguelino” en cuanto se menciona a la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, deberá decir Ofi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, en concordancia con la denominación establecida por la Ordenanza Nº 433/MDSM, Ordenanza que establece la adecuación y modi fi cación de la estructura orgánica y reglamento de organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo 3º.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización y la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4º.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a Secretaria General en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe) Regístrese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1988344-1