NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 73
73 NORMAS LEGALES Sábado 4 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero: Aceptar la renuncia formulada por la abogada ROSARIO AMPARO VÁSQUEZ VARGAS, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial en lo Penal de Lima, distrito fi scal de Lima, con efectividad al 1 de agosto de 2021, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo: Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero: Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal de Lima, a la Gerencia General, a la Gerencia Central de Potencial Humano, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la interesada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1988371-1 Aceptan renuncia de Fiscal Provincial Especializado contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 056-2021-MP-FN-JFS Lima, 3 de setiembre de 2021 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada el 02 de agosto de 2021, por el abogado JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Provincial Especializado contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque, con efectividad al 28 de julio de 2021. Según Resolución N° 076-2017-CNM de fecha 08 de febrero de 2017, el Consejo Nacional de la Magistratura expidió a favor de Juan Manuel Carrasco Millones, el título de Fiscal Provincial Especializado contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque. De la revisión de la solicitud de la renuncia formulada el 02 de agosto de 2021, se aprecia que el señor Juan Manuel Carrasco Millones solicita que la misma sea considerada a partir del 28 de julio de 2021. En ese sentido, el Gerente de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (e), a través del informe N° 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, señala que conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N° 30483 - Ley de la Carrera Fiscal y, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como los artículos 183 y 185 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, con la renuncia desde que ésta es aceptada, encontrándose el empleador facultado de aceptarla desde la fecha en la que fue formalmente presentada o dentro de los 30 días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador. Dicho informe, concluye que la Junta de Fiscales Supremos conoce la renuncia de los señores fi scales titulares aceptándola desde su presentación formal o dentro del período de los treinta días posteriores al inicio del requerimiento, encontrándose a discrecionalidad de dicho Órgano, por lo que no cabe la posibilidad de aceptarla con anterioridad a su presentación. En igual sentido, el Tribunal de Servicio Civil, en el fundamento 36 de la Resolución N° 01524-2016-SERVIR/TSC-Primera Sala de fecha 18 de agosto de 2016, ha señalado que “(…) el acto de renuncia no puede ser formulado con efecto retroactivo, es decir presentarla con fecha posterior a la fecha en que empezará a surtir efecto (…)”. En ese contexto, la Junta de Fiscales Supremos, de conformidad con lo expuesto por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Acuerdo N° 5912 adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 01 de setiembre de 2021, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aceptar la renuncia formulada por el mencionado fi scal, a partir del 02 de agosto de 2021, fecha de presentación de su renuncia, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero: Aceptar la renuncia formulada por el abogado JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES, al cargo de Fiscal Provincial Especializado contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque, con efectividad al 02 de agosto de 2021, fecha en que presentó su renuncia, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo: Remitir la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero: Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, al Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, a la Gerencia General, a la O fi cina General de Potencial Humano, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1988373-1 Aceptan renuncia formulada de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Corporativo) de Santa, distrito fiscal del Santa RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 057-2021-MP-FN-JFS Lima, 3 de setiembre de 2021 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 002291-2021-MP-FN-PJFSSANTA del 4 de agosto de 2021, con el que se eleva la solicitud del abogado JOSÉ ANTONIO OLIVOS COSIO, presentada en la fecha antes citada, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Corporativo) de Santa, distrito fi scal del Santa, por motivos personales y familiares, con efectividad al 09 de agosto de 2021. Según Resolución N° 496-2011-CNM de fecha 29 de diciembre de 2011, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró al mencionado magistrado en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Corrupción