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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 4 de setiembre de 2021 El Peruano / los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº079-2019-MML-CMAEO, de fecha 05 de setiembre de 2019; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo Único.- Aceptar la donación de 3236 ejemplares consistente en 3200 libros y 36 enciclopedias de la Colección Arte y Tesoros del Perú del Fondo Editorial del Banco de Crédito del Perú, valorizada en S/ 97,080.00 soles (Noventa y siete mil ochenta con 00/100 soles) a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima - Gerencia de Cultura - Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Visuales, Museos y Bibliotecas - División de Biblioteca y Archivo Histórico, en aplicación de la Directiva Nº 004-2018-MML-GP “Normas y Procedimientos para aceptar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima”. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1988476-1 Aprueban la aceptación de donación de una ambulancia y equipos médicos ACUERDO DE CONCEJO Nº 357 Lima, 20 de diciembre de 2019EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO;El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, Las Cartas de fechas 18 de julio y 26 de setiembre de 2019, ingresado como Documentos Simples Nº 239371-2019 y 335400-2019, presentados por el representante de la O fi cina Económica y Cultural de Taipei en Perú, el Informe 180-2019-MML-GP-SDI de la Subgerencia de Desarrollo Institucional, el Memorando Nº 371-2019-MML-GP-SCTI e Informe Nº 309-2019- MML/GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de acuerdo con lo previsto en el numeral 7) artículo 56 de la Ley Nº 27972, se establece que son bienes de las municipalidades los legados o donaciones que se instituyan en su favor; asimismo, el numeral 20) del artículo 9 de la citada ley estipula que, entre las atribuciones del concejo, está las de aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 027, del 26 de enero de 2018, se aprobó la Directiva Nº 004-2018-MML/GP, “Normas y Procedimientos para aceptar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; en ese sentido, el numeral 5.1.2 de la mencionada Directiva establece que las donaciones de bienes muebles son aquellas donaciones que provienen de personas naturales o jurídicas o de entidades públicas o privadas de ámbito nacional o internacional, que importan la transferencia voluntaria de la propiedad de bienes muebles, a título gratuito, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; de igual manera, el literal b) del numeral 6.1.2.2.2 de la Directiva, establece cuando el monto de la donación es igual o mayor a una 1.0 UIT, se emitirá Dictamen y se remitirá a la Secretaría General del Concejo, para su aprobación por el Concejo Metropolitano mediante Acuerdo de Concejo; Que, asimismo la Directiva Nº 004-2018-MML/GP contempla en su numeral 6.8 del artículo 6, que para las donaciones de bienes provenientes del exterior, se debe adjuntar, el conocimiento de embarque, factura del bien o bienes a ser donados, pago de tributos, pago de almacén entre otros documentos; Que, mediante Carta de fecha 18 de julio de 2019, ingresado a la Municipalidad Metropolitana de Lima con Documento Simple Nº 239371-2019 el representante de la O fi cina Económica y Cultural de Taipei en Perú, comunica la decisión de donar una ambulancia marca Volkswagen del año 2014, motor diesel de 1268 cc y de 2.365 toneladas de peso y diversos equipos médicos; Que, el Memorando Nº 371-2019-MML-GP-SCTI de fecha 24 de julio de 2019, la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional pone en conocimiento a la Gerencia de Administración la intención de la Municipalidad de Taipei de donar bienes a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, haciendo énfasis en los pagos que asumiría desde China hasta el puerto del Callao, no obstante, la Municipalidad Metropolitana de Lima deberá asumir los costos y gastos que irrogue el desaduanaje y cualquier otro gasto adicional de traslado hasta el bene fi ciario; Que, con Informe Nº 180-2019-MML-GP-SDI de fecha 13 de setiembre de 2019, la Subgerencia de Desarrollo Institucional, concluye que por la naturaleza de los bienes que se pretenden donar, ambulancias y equipos médicos, guarda relación con las funciones y atribuciones de la Gerencia de Desarrollo Social y Sistema Metropolitano de la Solidaridad — SISOL, debiéndose realizar las consultas y coordinaciones correspondientes; Que, mediante O fi cio Nº 068-2019-GAF-SISOL/ MML de fecha 18 de setiembre de 2019, el Gerente de Administración y Finanzas del Sistema Metropolitano de la Solidaridad — SISOL, remite a la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional, el Memorando Nº 287-2019-OPP-SISOL/MML, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Sistema Metropolitano de la Solidaridad — SISOL, indicando que cuenta con el presupuesto para asumir los costos que ocasione el desaduanaje de los bienes de la donación; Que, a través, de la Carta de fecha 26 de setiembre de 2019, ingresado como Documento Simple Nº 335400-2019 el representante de la O fi cina Económica y Cultural de Taipei en Perú, comunica la lista valorizada de los bienes objeto de donación, señalando las características, cantidades, el valor de cada uno y el total en Dólares Americanos los cuales serán entregados a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante el Informe Nº 309-2019-MML-GP- SCTI, de fecha 13 de noviembre de 2019, la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional concluye que el expediente de donación cumple con los requisitos previstos en la Directiva Nº 004-2018-MML-GP, por lo que se da conformidad para continuar con su trámite; asimismo, se recomienda que el uso y destino de los bienes sea a SISOL, por la competencia funcional y realización permanente de programa de salud en bene fi cio de poblaciones vulnerables; Que, por otra parte es oportuno mencionar que mediante Acuerdo de Concejo Nº 331 de fecha 13 de diciembre de 2019, se concedió licencia al Titular de la Entidad, del 20 al 25 de diciembre de 2019, encargándose el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo durante el período indicado, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley Nº 27972;