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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Sábado 18 de setiembre de 2021 El Peruano / en los portales de las dependencias públicas, las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de Internet de la siguiente información: 1. Datos generales de la entidad de la Administración Pública que incluyan principalmente las disposiciones y comunicados emitidos, su organización, organigrama, procedimientos, el marco legal al que está sujeta y el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, que la regula, si corresponde. 2. La información presupuestal que incluya datos sobre los presupuestos ejecutados, proyectos de inversión, partidas salariales y los bene fi cios de los altos funcionarios y el personal en general, así como sus remuneraciones y el porcentaje de personas con discapacidad del total de personal que labora en la entidad, con precisión de su situación laboral, cargos y nivel remunerativo. 3. Las adquisiciones de bienes y servicios que realicen. La publicación incluirá el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y calidad de bienes y servicios adquiridos. 4. Actividades o fi ciales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entendiéndose como tales a los titulares de la misma y a los cargos del nivel subsiguiente. 5. La información adicional que la entidad considere pertinente. Lo dispuesto en este artículo no exceptúa de la obligación a la que se re fi ere el Título IV de esta Ley relativo a la publicación de la información sobre las fi nanzas públicas. La entidad pública deberá identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 579-2020-MPSC/GM de fecha 23 de octubre del 2020, se Resuelve APROBAR la Directiva Nº 01-2020-MPSC-SG, “Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado en la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión”; Que, mediante el documento del Visto, el Gerente Municipal solicita al Alcalde la Designación de funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión, dentro del marco del TUO de la Ley Nº 27806 y sus normas reglamentarias, proponiendo al Técnico MIGUEL ÁNGEL ALFARO GARCÍA, por lo que al aceptar la propuesta presentada, corresponde proyectar la Resolución respectiva; Estando a lo expuesto, con las visaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo 1º.- DESIGNAR con eficacia anticipada desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2021, al Técnico MIGUEL ÁNGEL ALFARO GARCÍA, como Responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión, de conformidad con los considerados expuestos. Artículo 2º.- ESTABLECER que los funcionarios y servidores municipales de las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión, deberán proporcionar bajo responsabilidad la información y documentación que se requiere en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley Nº 27806 y sus normas reglamentarias. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente resolución al servidor designado, así como a las Áreas de la Municipalidad de la Provincia Sánchez Carrión, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese.ROBERT CONTRERAS MORALES Alcalde 1992388-2MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2021 Crnl. G. Albarracín Lanchipa, 13 de agosto del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 de agosto del 2021, se trató como punto de agenda; “APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL -CAP PROVISIONAL - DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA”, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Que conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que el numeral 8), del artículo 9º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal, tiene como atribuciones aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que las ordenanzas en materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 027-2019 de fecha 23 de octubre del 2019, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones, la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, modi fi cado con Ordenanza Municipal Nº 026-2020 de fecha 01 de diciembre del 2020, publicada el 22 de diciembre del 2020 en el diario judicial de Tacna “Diario Sin Fronteras”. Que, el literal b) del numeral 5.1 de la Directiva Nº 003- 2021-SERVIR-GDSRH, de fi ne al Cuadro para Asignación de Personal Provisional como el “Documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el CPE”.