NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/09/2021)
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100 NORMAS LEGALES Sábado 18 de setiembre de 2021 El Peruano / así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el numeral 7.3 del Artículo 7º de la referida ley, establece que los medios de transporte que muestren mayor e fi ciencia en el uso de la capacidad vial o en la preservación del ambiente, son materia de un trato preferencial por parte del Estado, estableciendo en el literal a) del numeral 18.1 del Artículo 18º de la misma norma, que las Municipalidades Distritales ejercen la competencia de la regulación del transporte menor; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 023-2021- MTC, del 2JUL2021, se modi fi có el Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, para establecer las reglas de circulación de los Vehículos de Movilidad Personal y otras disposiciones Que, la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Control Urbano, mediante el Informe Técnico Nº 010 -2021-SGSCTyCU//MDA de fecha 02 de agosto de 2021, formuló el proyecto de “Ordenanza que establece obligaciones a los propietarios y/o conductores de los establecimientos que brinden el servicio de alquiler de los vehículos de movilidad personal, en el distrito de Ancón”, contando para ello con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 398-2021-GAJ/MDA de fecha 16 de agosto de 2021. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por Mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LAS OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS Y/O CONDUCTORES DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE BRINDEN EL SERVICIO DE ALQUILER DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL, EN EL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- Ordenanza que aprueba el Reglamento de las Obligaciones de los Propietarios y/o Conductores de los Establecimientos que brinden el Servicio de Alquiler de Vehículos de movilidad personal, en el Distrito de Ancón, cuyo Texto y Anexo I forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Secretaría General remitir el texto íntegro del presente Reglamento y Anexos para tramitar su publicación en el portal institucional (www.muniancon.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la Presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad, Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Control Urbano, Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y demás Unidades Orgánicas que resulten competentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- Incorporar las infracciones establecidas en el Anexo I de la presente Ordenanza, en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad distrital de Ancón, aprobada por la Ordenanza Nº 448-2021-MDA y sus modi fi catorias. Segundo.- OTORGAR el bene fi cio de reducción del monto de la multa administrativa, del 50 %, si el pago lo realiza dentro de los siete (7) días hábiles. Tercero.- PRECISAR que en caso el responsable cometa la misma infracción no podrá acogerse al bene fi cio regulado en el artículo segundo de la presente Ordenanza. Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Control Urbano, la sensibilización y capacitación del uso adecuado de los Vehículos de Movilidad Personal, así como la revisión del Plan Operativo de recojo y reposición de los mismos, presentados por las empresas que brinden el servicio de alquiler de dichos vehículos.Quinto.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Sexto.- SUSPENDER por un plazo de 15 días calendario, a partir de su entrada en vigencia, la aplicación de las infracciones señaladas en la presente Ordenanza, con el fi n de realizar las campañas de difusión y sensibilización. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1992338-1 Aprueban el Manual de Procedimientos (MAPRO) de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 123-2021-MDA Ancón, de 18 de agosto de 2021VISTO:Memorándum Nº 462-2021-GM/MDA de la Gerencia Municipal, Informe Nº397-2021-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº061-2021-GPPPI/MDA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, y; CONSIDERANDO : Que, conforme al Artículo 194 de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es un órgano ejecutivo de gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Al respecto, el Artículo 43 de la citada norma señala que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, que declara al estado peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2018-PCM/SGP se aprueba la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la Gestión por Procesos en las entidades de la Administración Pública, donde el ítem 6.2.1 señala que la elaboración de procedimientos es una manera de documentar los procesos de una entidad, y que al conjunto de procedimientos se le denomina Manual de Procedimientos (MAPRO); Que, mediante Ordenanza Nº 443-2020-MDA, publicado el 11 de enero del 2021, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ancón; Que, mediante Informe Nº061-2021-GPPPI/MDA, de fecha 16 de agosto de 2021, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, remite la propuesta del Manual de Procedimientos (MAPRO) de la Municipalidad Distrital de Ancón, la cual fue elaborado en base a la normativa vigente sobre la materia y en coordinación con todas las unidades orgánicas de la municipalidad;