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36 NORMAS LEGALES Jueves 7 de abril de 2022 El Peruano / General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre el documento normativo y recomendó continuar con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se delegó en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogar el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo de las instituciones y programas educativos públicos, frente al brote del COVID-19”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 155-2021-MINEDU. Artículo 2.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo en las instituciones y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBERTO HERNANDEZ ALCANTARA Viceministro de Gestión Pedagógica 2056005-1 ENERGIA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2022-MINEM/DM Lima, 6 de abril de 2022VISTOS: Los Informes N° 027-2022/MINEM- OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto y N° 088-2022-MINEM-OGPP/ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 173-2022-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 0314-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el acápite i del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas, en adelante el MINEM, a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a fi nanciar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos gobiernos regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en las materias de energía y minería, en el marco del proceso de descentralización, hasta por la suma de S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, para el caso de los acápites i), ii), iii) y iv); así también, se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 039-2022-MINEM/DM, de fecha 31 de enero de 2022, se autorizó la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 31365, el MINEM y el Gobierno Regional de Ica, suscribieron el Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a su dirección y/o gerencia regional de Energía y Minas, para realizar las competencias y atribuciones en las materias de energía y de minería del referido gobierno regional, a fi n de que cuenten con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia; asimismo, realizar el seguimiento del ejercicio de las funciones materia de transferencia mediante los Informes de Avances y Logros del Convenio y la Evaluación de Indicadores de Gestión establecido en el Anexo 1 del citado Convenio; Que, a través del mencionado Convenio de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de la dirección o gerencia regional de Energía y Minas, según el detalle establecido en el convenio; Que, mediante el Informe N° 027-2022/MINEM-OGPP- OPRE la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado Gobierno Regional; Que, a través del Informe N° 088-2022-MINEM- OGPP/ODICR, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que el Gobierno Regional de Ica cumplió con presentar el Informe de Avances y Logros correspondiente al tercer y cuarto trimestre del año 2021, por lo que, brinda su conformidad para ejecutar la transferencia del año 2022; asimismo, indica que la Oficina de Presupuesto con fecha 07 de febrero de 2022, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2022-00347-001 con cargo a la Meta N° 0056 y SIAF N° 000343, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 173-2022-MINEM-