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32 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / Artículo 25. Sobre el Plan de Trabajo Anual del Observatorio Nacional de Trabajo Forzoso 25.1 El PTA del Observatorio es un instrumento de gestión que se elabora un año antes de su implementación. El PTA contiene estrategias, actividades, indicadores y metas plasmadas en un cronograma que conlleva a lograr concretar los objetivos del referido Observatorio; el PTA también identi fi ca a los responsables de cada una de las actividades y metas. Las actividades descritas en el PTA están concordadas con los recursos fi nancieros requeridos para su consecución. 25.2 El/la responsable del Observatorio presenta el PTA a la DGDFSST, para su aprobación mediante Resolución Directoral General. Artículo 26. Difusión de la información El MTPE publica en su sede digital el reporte de la información generada y consolidada de las entidades públicas y otras que participen en la generación de información del Observatorio. CAPÍTULO VI DE LAS PERSONAS USUARIAS DEL OBSERVATORIO NACIONAL DE TRABAJO FORZOSO Artículo 27. De fi nición Se denomina personas usuarias a aquellas entidades públicas y público en general que son bene fi ciadas con la información de libre acceso que brinda el Observatorio o las que generan información para el referido Observatorio. Artículo 28. Acceso a la información El acceso a la información generada y consolidada del Observatorio es a través de los reportes publicados en la sede digital del MTPE. Artículo 29. Clasi fi cación 29.1 Las personas usuarias se clasi fi can en: a) Bene fi ciarias de la información: Los usuarios y el público en general que acceden de forma libre a la información pública generada por el Observatorio mediante los reportes que son publicados en la plataforma web del MTPE. b) Generadoras de la información: Son las entidades públicas que aportan información al Observatorio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16, las cuales designan y acreditan un usuario responsable de generar la información. La DPPDFL, a través de la cuenta de correo electrónico observatorionacionaldetrabajoforzoso@trabajo.gob.pe, brinda acceso y asesoramiento técnico a los usuarios acreditados de las entidades públicas involucradas. 29.2 Un usuario bene fi ciario puede a su vez ser un usuario generador de información. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Modi fi cación de disposiciones del Reglamento La modi fi cación de cualquiera de las disposiciones del presente Reglamento corresponde a la DGDFSST del MTPE mediante la elaboración de una propuesta de Decreto Supremo que es refrendado por el titular del MTPE. Toda propuesta de modi fi cación es acompañada del texto alternativo que se proponga. La modi fi cación rige desde el día siguiente de su publicación. Segunda. Integración con el Sistema de Información del Mercado Laboral La información del Observatorio está integrada al SIMEL una vez que este sistema esté implementado y vaya acorde a los lineamientos que se acuerden entre el/la responsable del Observatorio y la unidad orgánica y/o órgano de línea del MTPE encargada de la administración del SIMEL. 2059744-2Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 100-2022-TR Lima, 20 de abril de 2022VISTOS: El Memorando N° 0416-2022-MTPE/4/12 de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y el Informe N° 0311-2022-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial, Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo N° 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial N° 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor JAVIER ANTONIO LA ROSA CALLE, en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial, Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2059667-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen la publicación de proyecto de Resolución Directoral que aprueba la “Directiva que establece Lineamientos para determinar la insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 007-2022-MTC/18 Lima, 19 de abril de 2022VISTO: El Informe N° 0403-2022-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley,