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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (11/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 11 de agosto de 2022 El Peruano / pertinentes a fi n de garantizar el normal funcionamiento del despacho del comisionado José Domingo Pérez Gómez, fi scal provincial del Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios que forma parte del Equipo Especial de Fiscales, en cumplimiento de lo autorizado en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicios, el fi scal mencionado en el artículo primero de la presente resolución, deberá presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe detallado en el que se describan las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en la comisión de servicios materia de la resolución. Artículo Quinto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, O fi cina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Logística, O fi cina General de Finanzas, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2094429-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1690-2022-MP-FN Lima, 9 de agosto de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio N.º 6591-2022-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por el abogado Luis Alberto Germaná Matta, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, mediante el cual, eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial para el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Alex John Palomo Enríquez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación mencionados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2094425-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos – MCC del Gobierno Regional de Ancash RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 188-2022-GRA/GGR Huaraz, 5 de agosto de 2022VISTO: El Informe N° 053-2022-GRA/SGRH de fecha 06 de mayo de 2022, de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorándum N° 449-2022-GRA/ GRAD de fecha 10 de mayo de 2022, de la Gerencia Regional de Administración, el Informe N° 038-2022- GRA/GRPPAT/SGMDI-038 de fecha 11 de mayo de 2022, de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, el Informe Legal N° 364-2022-GRA/GRAJ de fecha 16 de mayo de 2022 de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Informe N° 052-2022-GRA/GRPPAT/SGDMI-0052 de fecha 26 de julio de 2022 de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, Informe Legal N° 0649-2022-GRA/GRAJ de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con