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132 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el voto mayoritario de sus miembros (ocho votos a favor y uno en contra); ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR el proyecto de Ley Denominado LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA, LA EXPROPIACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LOS INMUEBLES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “SALDO DE OBRA: AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA LOCALIDAD DE MOYOBAMBA, PROVINCIA DE MOYOBAMBA - SAN MARTIN”, para ser elevado al Congreso de la República, bajo los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- DISPONER la remisión del presente Acuerdo de Concejo conjuntamente con el Expediente administrativo al Congreso de la República para su respectivo trámite, debate y aprobación posterior. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GASTELO HUAMAN CHINCHAY Alcalde Provincial de Moyobamba 2096062-1CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigor del “ Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la Celebración del Quincuagésimo Segundo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General” El “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la Celebración del Quincuagésimo Segundo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General”, suscrito el 8 de julio de 2022, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, aprobado mediante la Resolución Legislativa Nº 31528, de 25 de julio de 2022, y rati fi cado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2022-RE, de 2 de agosto de 2022, entró en vigor el 3 de agosto de 2022. 2096008-1 PROYECTO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban el proyecto de resolución que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precio s de los servicios colaterales de los servicios de saneamiento, que serían aplicables por la UNIDAD EJECUTORA 002 SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE TUMBES durante el periodo regulatorio 2022-2027 y disponen su publicación RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 073-2022-SUNASS-CD Lima, 12 de agosto de 2022EXP.: 0 02-2021-SUNASS-DRT-FT VISTO:El Memorándum Nº 250-2022-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta el proyecto inicial de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2022- 2027 de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por l a U NIDAD EJECUTORA 002 SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE TUMBES (en adelante, UNIDAD EJECUTORA ) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por el referido prestador de servicios de saneamiento. CONSIDERANDO: Q ue, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria Nº 016-2021-SUNASS-DRT se admitió a trámite la solicitud de la UNIDAD EJECUTORA para la aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables para el siguiente periodo regulatorio del referido prestador de servicios de saneamiento. Q ue, si bien a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2021-SUNASS-CD se aprobó el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras (Reglamento Nuevo), la segunda disposición complementaria transitoria del referido reglamento prevé que los criterios y plazos establecidos para la elaboración del plan maestro optimizado y el estudio tarifario se aplican por primera vez a las empresas prestadoras cuyo periodo regulatorio culminará en un plazo mayor al de veintidós meses posteriores a la entrada en vigencia del Reglamento Nuevo. Q ue, asimismo, dispone que en el caso de las empresas prestadoras que no se encuentren dentro del supuesto antes señalado, por única vez, rige lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD ( RGT ), tal como es en el caso de la UNIDAD EJECUTORA . Que, en ese sentido, corresponde que el presente procedimiento se continúe tramitando bajo lo dispuesto en el RGT . Que, conforme a los artículos 25, 26 y 52 del RGT , corresponde en esta etapa del procedimiento: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS , el proyecto de resolución, así como su exposición de motivos, que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de los servicios de saneamiento y ii) convocar a audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto.