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123 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / Que, la Curta Disposición Final de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, delego en el Alcalde la facultad de establecer una prórroga, para cuyo fi n se podrá emitir un Decreto de Alcaldía; Que, la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH ha sido prorrogada mediante el Decreto de Alcaldía Nº 011-2021-MDCH, hasta el 31 de enero del año 2022, y sucesivamente mediante el Decreto de Alcaldía Nº 010-2022/MDCH, se prorrogó hasta el 31 de julio del año 2022; Que, mediante el Informe Nº 064-2022-SGREC-GAT/ MDCH de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, precisa mantener una recaudación sostenida en el mes de agosto, resulta necesario que el bene fi cio tributario otorgado a través de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH se amplíe durante el mes de agosto de 2022; Que, mediante Informe Nº 046-2022-GAT/MDCH de la Gerencia de Administración y Finanzas precisa que de acuerdo a los establecido en la Cuarta Disposición fi nal de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, faculta al señor Alcalde de prorrogar la vigencia de la Ordenanza; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero: PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 31 de agosto del 2022. Artículo Segundo: ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Tecnología de la Información, y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero: Encárguese a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe. Registrese comuníquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 2096245-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Designan funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad de Magdalena del Mar RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 189-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 10 de agosto de 2022EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MARQue, en el marco de lo señalado en los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público;Que, asimismo, el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 27806, señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Ordenanza N° 121-2021-MDMM se aprueba la modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar en lo que corresponde al artículo 60°, estableciendo que corresponde a la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo Central las función de atender, coordinar y controlar las solicitudes relativas al procedimiento de transparencia y de acceso a la información institucional, conforme a la normatividad vigente; Que, en este contexto, es necesario actualizar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, estando a los expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR con e fi cacia a partir del 10 de agosto de 2022, a Doña CARMEN LIDIA CALDERON ALFARO, como funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad de Magdalena del Mar, cargo que deberá desempeñar bajo responsabilidad. Articulo Segundo.- DISPONER que los funcionarios de la Municipalidad de Magdalena del Mar, deberán cumplir bajo responsabilidad, las disposiciones de la Directiva denominada “NORMAS DE PROCEDMIENTO PARA LA ATENCIÒN DE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR”, aprobada mediante Resolución de Alcaldía N° 013-2020-SG-MDMM. Articulo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Electrónico, la publicación en la página web de la Institución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOMAGNO CHACON GOMEZ Alcalde 2095012-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Encargan funciones de Ejecutora Coactiva de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de San Isidro RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 337 San Isidro, 4 de agosto del 2022 EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTO: El Informe N° 022-2022-GR/MSI de la Gerencia de Rentas; el Informe N° 882-2022-1130-SEC-GR/MSI de la Subgerencia de Ejecución Coactiva; y, el Memorando N° 412-2022-0200-GM/MSI de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, está vacante, el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de San Isidro; Que, conforme a los documentos del visto, corresponde formalizar la encargatura, hasta que se designe a su titular, de las funciones de Ejecutor Coactivo