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27 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / Que, con el INFORME-0038-2022-MIDAGRI- SENASA-OPDI-UPP-LESCURRA, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto señala que el proyecto de “Monitoreo O fi cial Anual de Residuos Químicos de Plaguicidas en Productos Orgánicos, para el año 2022”, elaborado por la Subdirección de Producción Orgánica, cuenta con fi nanciamiento y disponibilidad presupuestal para su aprobación, así como recomienda su aprobación porque contribuirá al fortalecimiento y fi scalización de la producción orgánica a nivel nacional, por lo que recomienda su aprobación; Que, mediante el MEMORÁNDUM-0258-2022- MIDAGRI-SENASA-OPDI, la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional mani fi esta su conformidad con el referido informe elaborado por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto; Que, de acuerdo a lo manifestado en los documentos de vistos, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el documento denominado “Monitoreo O fi cial Anual de Residuos Químicos de Plaguicidas en Productos Orgánicos, para el año 2022”, propuesto por la Subdirección de Producción Orgánica; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional, del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Director (e) de la Subdirección de Producción Orgánica; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR el “Monitoreo O fi cial Anual de Residuos Químicos de Plaguicidas en Productos Orgánicos, para el año 2022”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Los Organismos de Certi fi cación y los Sistemas de Garantía Participativo, en calidad de entidades de certi fi cación autorizadas por la Autoridad Nacional, colaboran y brindan las facilidades a las Direcciones Ejecutivas del Servicio Nacional de Sanidad Agraria para la toma de muestras de productos orgánicos en los lugares de muestreo. Artículo 3.- Los Operadores, como actores de la certi fi cación de la producción orgánica, colaboran y brindan las facilidades a las Direcciones Ejecutivas del Servicio Nacional de Sanidad Agraria para la toma de muestras de productos orgánicos en los lugares de muestreo, poniendo a disposición de la Autoridad Nacional los productos que sean tomados como muestra para realizar el monitoreo. Artículo 4.- Las Direcciones Ejecutivas del Servicio Nacional de Sanidad Agraria coordinan con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales el apoyo necesario para la toma de muestras de los productos orgánicos en los lugares de muestreo, así como para la difusión de avisos a través de sus medios de comunicación y redes sociales, dirigidos a las entidades de certi fi cación autorizadas, operadores orgánicos, productores, comerciantes de productos orgánicos y público en general, con la fi nalidad de concientizarlos sobre la importancia de su participación para garantizar la condición orgánica de los productos. Artículo 5.- DISPONER que la Subdirección de Producción Orgánica elabore un informe fi nal sobre la ejecución y resultados del “Monitoreo O fi cial Anual de Residuos Químicos de Plaguicidas en Productos Orgánicos, para el año 2022”, aprobado a través del artículo 1 del presente acto resolutivo. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral y de su Anexo en el portal institucional (www.gob.pe/senasa), el mismo día de la publicación del presente acto resolutivo en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GABRIEL AMILCAR VIZCARRA CASTILLO Director GeneralDirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad AgroalimentariaServicio Nacional de Sanidad Agraria 2097675-3ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO Nº 188-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismo programa o, en caso no cuente con los mismos productos, cuente con el mismo Programa Presupuestal Orientado a Resultados, salvo para las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del Presupuesto por Resultados; dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, siendo que cada Pliego presupuestario que trans fi era recursos en el marco del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y veri fi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los mismos; Que, mediante O fi cio N° 1219-2022-VIVIENDA/ SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita una Transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 4 652 432,00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor de diversos Gobiernos Locales para fi nanciar la adquisición de insumos de cloración (hipoclorito de calcio y pastillas DPD), que permitan que los hogares rurales cuenten con acceso a agua segura (agua clorada), en el marco del Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural; adjuntando para dicho efecto el Memorándum N° 849-2022-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Informe N° 301-2022-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto; Que, mediante el Informe N° 0126-2022- EF/50.05, la Dirección General de Presupuesto Público señala que la modi fi cación presupuestaria cumple con las condiciones establecidas en el numeral 49.1 del artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 4 652 432,00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos Gobiernos Locales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;