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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (20/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas para fi nanciar el fortalecimiento de la atención integral del cáncer a nivel nacional; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° D000025-2022-OGPPM-OP-MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del referido Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 122 908 943,00 (CIENTO VEINTIDÓS MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional de los mencionados Pliegos en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas para el fi nanciamiento de la contratación de servicios de profesionales de la salud para la atención directa a pacientes niños y adolescentes, y para la atención del desembalse quirúrgico adulto y pediátrico 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 1 729 700,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, para fi nanciar la contratación de servicios de profesionales de la salud para la atención directa a pacientes niños y adolescentes, y para la atención del desembalse quirúrgico adulto y pediátrico, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 1 729 700,00 =========== TOTAL EGRESOS 1 729 700,00 ===========A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades NeoplásicasPROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del CáncerFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 1 729 700,00 =========== TOTAL EGRESOS 1 729 700,00 =========== 1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo N° 01 “Transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, para fi nanciar la contratación de servicios de profesionales de la salud para la atención directa a pacientes niños y adolescentes, y para la atención del desembalse quirúrgico adulto y pediátrico”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. 1.3 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 1.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 1.5 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 2. Transferencia de partidas a favor del Ministerio de Salud y diversos Gobiernos Regionales para el fi nanciamiento de la contratación de servicios de profesionales de la salud, adquisición de combustible y Equipos de Protección Personal para el monitoreo, seguimiento y evaluación del Programa Presupuestal 0024. Prevención y Control de Cáncer y brigadas de vacunación contra el Virus de Papiloma Humano (VPH) 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 3 463 673,00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud y de diversos Gobiernos Regionales, para fi nanciar la contratación de servicios de profesionales de la salud, adquisición de combustible y Equipos de Protección Personal para el monitoreo, seguimiento y evaluación del Programa Presupuestal 0024. Prevención y Control de Cáncer y brigadas de vacunación contra el Virus de Papiloma Humano (VPH), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: