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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (20/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / (3.7923 ha) en un predio de propiedad de la Municipalidad del Centro Poblado San Lucas de Colán, ubicado en el distrito de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, inscrito en la Partida Registral Nº 11149918 de la Ofi cina Registral de Piura, Zona Registral Nº I – Sede Piura, para la Fase de Construcción, correspondiéndole las coordenadas geográ fi cas UTM señaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Constituir el derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito a favor de la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C. sobre un área de 22,754.08 m 2 (2.2754 ha) en un predio de propiedad de la Municipalidad del Centro Poblado San Lucas de Colán, ubicado en el distrito de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, inscrito en la Partida Registral Nº 11149918 de la Ofi cina Registral de Piura, Zona Registral Nº I – Sede Piura, para la Fase de Operación, correspondiéndole las coordenadas geográ fi cas UTM señaladas en el Anexo III y el plano de servidumbre del Anexo IV que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- El plazo de afectación del área de servidumbre a la que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial será de 01 año y 3 meses, y el plazo de afectación del área de servidumbre a la que hace referencia el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial se prolongará desde la Puesta en Operación Comercial hasta la culminación del Contrato de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región de Piura, es decir por 30 años y 9 meses, sin perjuicio de las causales de resolución de Contrato que correspondan según el referido Contrato y las previstas en el artículo 103 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM. Artículo 4.- El monto de la indemnización por la imposición de la servidumbre a favor de la Municipalidad del Centro Poblado San Lucas de Colán, por todo el plazo de afectación señalado en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, asciende a la suma de S/ 1,806,018.63 (Un Millón Ochocientos Seis Mil Dieciocho con 63/100 Soles), conforme a la valorización pericial efectuada por el Colegio de Ingenieros del Perú. Dicho monto debe ser abonado por la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C. directamente al propietario del predio o consignado judicialmente, según corresponda, de conformidad con lo previsto en los artículos 93 y 102 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM. Artículo 5.- La imposición de la servidumbre no exonera a la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C. de la obtención de autorizaciones, permisos y otros, que por leyes orgánicas o especiales le sean exigidas, para cumplir con las normas de protección del ambiente y de seguridad asociadas a sus instalaciones dentro de las áreas descritas en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Dejar sin efecto la medida cautelar otorgada a la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C., mediante la Resolución Ministerial Nº 251-2021-MINEM/DM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 22 de julio de 2021. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial constituye título su fi ciente para la correspondiente inscripción de la servidumbre otorgada en los Registros Públicos. Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 9.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su(s) Anexo(s) en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2097577-1INTERIOR Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1157-2022-IN Lima, 19 de agosto de 2022VISTOS, el O fi cio N° 1152-2022-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001482-2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N del mes de julio de 2022, la Dirección General de la Policía de Investigaciones de la República de Chile cursa invitación al Comandante General de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el encuentro internacional denominado “Summit Internacional de Innovación y Nuevos Desafíos de Crimen Organizado Transnacional”, a llevarse a cabo los días 24 y 25 de agosto de 2022, en el aula magna de la Escuela de Investigaciones Policiales, ubicada en la ciudad de Santiago de la República de Chile; Que, con Informe Nº 046-08-2022-COMGEN PNP/ SP. de fecha 8 de agosto de 2022, la Secretaría Privada de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la participación del General de Policía Luis Alberto Vera Llerena y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Edgar Maydana Cachicatari, en el referido evento internacional; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 215-2022-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 4 de agosto de 2022, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía Luis Alberto Vera Llerena y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Edgar Maydana Cachicatari, del 23 al 26 de agosto de 2022, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para que participen en el encuentro internacional denominado “Summit Internacional de Innovación y Nuevos Desafíos de Crimen Organizado Transnacional”, considerando que en dicho evento participarán diversos actores pertenecientes al sistema de persecución penal a nivel mundial, representantes de instituciones policiales de países extranjeros, buscando fortalecer sus capacidades operativas, exponiendo sus experiencias y métodos de combate frente al crimen organizado transnacional, utilizando la innovación y el empleo de nuevas y modernas herramientas tecnológicas que apoyan y fortalecen sus capacidades para hacer frente a la criminalidad; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;