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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (20/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, ha sido declarada procedente, siendo el MVCS, el Sector competente para evaluar y emitir opinión sobre la misma, debiendo expedir la Resolución correspondiente, de acuerdo al numeral 4.5 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973; Que, mediante la Carta N° 339-2022-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS de fecha 8 de julio de 2022, la DGPPCS remitió a la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C., con copia a PROINVERSIÓN, observaciones al Cronograma de Ejecución de Inversiones; siendo que a través de la Carta s/n recibida el 13 de julio de 2022, la mencionada empresa cumple con levantar las observaciones formuladas, presentando un nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones; Que, con el O fi cio N° 422-2022-VIVIENDA/VMCS- DGPPCS de fecha 14 de julio de 2022, la DGPPCS remite el expediente de la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. a PROINVERSIÓN, a fi n de que emita pronunciamiento respecto del nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones presentado por la citada empresa; Que, asimismo, mediante el O fi cio N° 00102-2022/ PROINVERSIÓN/DSI/SSI recibido el 20 de julio de 2022, PROINVERSIÓN evalúa el nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones presentado por la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C., señalando que resulta procedente la solicitud de modi fi cación formulada por la citada empresa; Que, mediante la Nota N° 224-2022-VIVIENDA- VMCS/DGPPCS, sustentado en el Informe Técnico Legal N° 033-2022-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS-DEPPCS de la DEPPCS, la DGPPCS concluye que la solicitud de modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, presentada por la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. por el proyecto denominado “Pardo 200”, cumple con los requisitos y procedimientos establecidos en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 973; Que, mediante el Informe N° 516-2022-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que, desde el punto de vista legal, se ha cumplido con el procedimiento establecido en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, para la expedición de la Resolución Ministerial que modi fi que la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y sus modi fi catorias; y, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modi fi catorias; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, conforme al siguiente texto: “Artículo 2.- Monto del compromiso de inversión Establecer que el monto del compromiso de inversión a cargo de la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado “Pardo 200”, asciende a la suma de US$ 53 288 905.00 (Cincuenta y Tres Millones Doscientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos Cinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) sin incluir el Impuesto General a las Ventas. Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, dos (2) años, dos (2) meses y tres (3) días, contado a partir del 27 de abril de 2021, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, hasta el 30 de junio de 2023.” Artículo 2.- Aprobar el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, el mismo que reemplaza al Anexo II de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA. Artículo 3.- Establecer que, de conformidad con el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, los efectos de la presente Resolución Ministerial se retrotraen al 23 de mayo de 2022, fecha de presentación de la solicitud de modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, presentada por la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. Artículo 4.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto por la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR PANIAGUA CHACÓN Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE INVERSIONES EMPRESA: INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. PROYECTO PARDO 200 CRONOGRAMA DE INVERSIÓN CONSTRUCCIÓN 2020 2021Expresado en Dólares Americanos (USD). No incluye IGV.23/10/20 Nov-20 Dic-20 Ene-21 Feb-21 Mar-21 Abr-21 May-21 Jun-21 MESES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDAD CONSTRUCCIÓN 4100 Construcción de edi fi cios 2,879,250 421,049 315,856 502,119 507,768 764,587 504,875 600,148 1,106,078 TOTAL GENERAL MENSUAL 2,879,250 421,049 315,856 502,119 507,768 764,587 504,875 600,148 1,106,078