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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (23/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Martes 23 de agosto de 2022 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima ORDENANZA REGIONAL Nº 09 VISTO:El Acuerdo de Consejo Regional Nº 139-2022-CR/GRL de fecha 27 de abril de 2022, que resuelve en Artículo Segundo: APROBAR la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Lima, compuesto por ocho títulos, el mismo que en anexo forma parte de la Ordenanza Regional. - Creación de Unidades Orgánicas - Ofi cina de Trámite Documentario. - Ofi cina de Archivo Central. - Ofi cina de Recursos Naturales y Medio Ambiente. - Ofi cina Regional de Seguridad Ciudadana. - Centro de Operaciones de Emergencia Regional.- Proyectos Regionales Especiales.- Empresas Regionales. - Modi fi cación de denominación de Unidades Orgánicas - Presidencia Regional. Gobernador Regional. - Vice Presidencia Regional. Vice Gobernador Regional. - Órgano Regional de Control Institucional. Órgano de Control Institucional. - Sub Gerencia Regional de Administración. Gerencia Regional de Administración. - Directorio Regional. Directorio General Regional.- Secretaría General. Secretaría General Regional.- Ofi cina de Planeamiento. O fi cina de Planeamiento Estratégico y de Modernización. - Ofi cina de Presupuesto. O fi cina de Presupuesto y de Economía. - Ofi cina de Programación de Inversiones. O fi cina Multianual de Programación de Inversiones. - Ofi cina de Relaciones Públicas. O fi cina de Relaciones Públicas y de Comunicaciones. - Ofi cina de Promoción de Inversiones. O fi cina de Promoción de Inversión Privada. - Archivo Regional. O fi cina de Archivo Regional. - Ofi cina de Defensa Civil. O fi cina Regional de Defensa Civil y Defensa Nacional. Incorporación al ROF de unidades orgánicas creadas - Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural. Con Ordenanza Regional Nº 009-2012-CR-GR - Ofi cina Regional de Atención de Personas con Discapacidad. Con Ordenanza Regional Nº 002-2016-CR-GR - Gerencia Subregional Lima Sur. Con Ordenanza Regional Nº 009-2009-CR-GR - Archivo Regional. Con Ordenanza Regional Nº 005-2008-CR-GR - Ofi cina de Coordinación Regional. Con Ordenanza Regional Nº 009-2012-CR-GR - Ofi cina Regional de Seguridad Ciudadana. Con ordenanza regional Nº 009-2015-CR-RL - Incorporación y/o modi fi cación de funciones orgánicas vigentes Gobernador Regional.Consejo Regional. Gerencia General RegionalÓrgano de Control Institucional.Secretaría General Regional.Secretaría de Consejo Regional.Procuraduría Pública Regional.Gerencia Regional de Infraestructura.Gerencia Regional de Desarrollo Social.Gerencia Regional de Desarrollo Económico.Gerencia Regional de Administración.Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Ofi cina de Planeamiento Estratégico y de Modernización. Ofi cina de Presupuesto y de Economía. Ofi cina Multianual de Programación de Inversiones. Ofi cina de Recursos Humanos. Ofi cina de Logística. Ofi cina de Tesorería. Ofi cina de Contabilidad. Ofi cina de Promoción de Inversión Privada. Ofi cina de Relaciones Públicas y de Comunicaciones. CONSIDERANDO:Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Leyes Nº 27902 y 28013, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Qué, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV”, establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (...)” Qué, en el artículo 2º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobierno Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Qué, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Qué, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ordenanza Regional Nº 006-2003-GRL/RL, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima; Que, por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se deroga el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, y aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad; contiene las competencias y funciones generales de la Entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización; así como sus relaciones de dependencia;