TEXTO PAGINA: 145
145 NORMAS LEGALES Jueves 15 de diciembre de 2022 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban designación de tres representantes del Consejo Regional de San Martín para representación ante la Mancomunidad Regional Amazónica de los Gobiernos Regionales ACUERDO REGIONAL Nº 024-2022-GRSM/CR Moyobamba, 4 de octubre del 2022POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en cumplimiento del el artículo 2 de la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, modi fi cada por la Ley Nº 30804, de fi ne a la mancomunidad regional como el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la articulación de políticas públicas nacionales, sectoriales, regionales y locales, formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de inversión interdepartamental, para garantizar la prestación conjunta de servicios y bienes públicos con enfoque de gestión descentralizada, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización; Que, asimismo, en el literal a) del artículo 11 de la Ley Nº 29768, sobre organización y estructura básica de la mancomunidad regional, se señala que la Asamblea está conformada por tres representantes de los consejos regionales de los gobiernos regionales que integran la mancomunidad regional, con facultades normativa y fi scalizadora únicamente en materia de la mancomunidad regional. Es presidida por el Consejero Delegado del Gobierno Regional donde se lleve a cabo la asamblea; el periodo es de un año; Que, el artículo 15 del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2020-PCM, sobre la organización, establece la estructura básica de la mancomunidad regional; en el numeral 15.1 del Artículo 15, se señala que la Asamblea está conformada por tres consejeros representantes de cada uno de los consejos regionales de los gobiernos regionales integrantes de la mancomunidad regional. Uno de dichos representantes es el consejero delegado de cada consejo regional; el periodo de funciones de los consejeros regionales en la asamblea de la mancomunidad regional es de un año. Que, mediante o fi cio Nº 950-2022-GOOREMAD/ GR, el Gobernador Regional de Madre de Dios, solicita al Gobernador de San Martin, solicita remitir la designación de 03 consejeros para representación ante la Mancomunidad Regional Amazónica de los Gobiernos Regionales, siendo uno de ellos el Consejero Delegado de su región, por ello la solicitud de dicho documento es con el propósito de formalizar la inscripción ante la Secretaría de Descentralización de la PCM. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria realizada el día 04 de octubre del 2022, desarrollada de manera presencial y utilizando las tecnologías de la información en las instalaciones del Auditorio del Consejo Regional San Martin- Moyobamba, se aprobó por MAYORÍA el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR la designación de tres representantes del consejo Regional de SAN Martin representación ante la Mancomunidad Regional Amazónica de los Gobiernos Regionales, conforme se detalla a continuación: SRA. AUREA LUZ VARGAS TUANAMA PRESIDENTE CONSEJERA REGIONAL POR LA PROVINCIA DE HUALLAGA SR. WALTER JORGE MESIA VICEPRESIDENTE CONSEJERO REGIONAL POR LA PROVINCIA DE SAN MARTIN SR. LUIS ALFREDO ALVAN PEÑA SECRETARIO CONSEJERO REGIONAL POR LAPROVINCIA DE MARISCAL CACERES Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de San Martin realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial el peruano. Artículo Tercero.- NOTIFICAR al Gobernador Regional de Madre de Dios, la designación para representación ante la Mancomunidad Regional Amazónica de los Gobiernos Regionales Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.AUREA LUZ VARGAS TUANAMA Consejero DelegadoConsejo Regional 2133967-1