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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 148

148 NORMAS LEGALES Jueves 15 de diciembre de 2022 El Peruano / “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria realizada el día 28 de octubre del 2022, desarrollada de manera presencial y utilizando las tecnologías de la información en las instalaciones del Auditorio del proyecto Especial Huallaga Central Bajo Mayo, se aprobó por MAYORÍA la siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR la transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión: “Creación de los servicios de defensa ribereña con fi nes de protección contra inundaciones en la localidad de cayena del distrito de Juanjuí provincia de Mariscal Cáceres, Departamento de San Martín” y con un valor neto contable de transferencia S/ 2´787,239.74, con CUI Nº 2437401 a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres, conforme se detalla continuación: Nombre del Proyecto Valor Neto Costo del Proyecto liquidadoEntidad Receptora Tipo de Transferencia “Creación de los servicios de defensa ribereña con fi nes de protección contra inundaciones en la localidad de cayena del distrito de Juanjuí provincia de Mariscal Cáceres, Departamento de San Martin” S/ 2´787,239.74 S/ 2´791,439.74Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres Externa Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín para que a través de la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en el distrito judicial de San Martín, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. AUREA LUZ VARGAS TUANAMA Consejero DelegadoConsejo Regional 2133971-1 Aprueban solicitud de transferencia a título gratuito ante la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, de predio urbano ubicado en el Sector de Ucrania del Distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja - San Martín, a favor del Gobierno Regional San Martín ACUERDO REGIONAL Nº 029-2022-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Moyobamba, 3 de noviembre de 2022POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, con Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley del Sistema Nacional de Bienes Estatales (en adelante El Reglamento), cuyo objeto es regular las actuaciones y procedimientos que permitan una e fi ciente gestión de los predios estatales, maximizando su aprovechamiento económico y/o social sostenido en una plataforma de información segura, con fi able e interconectada y contribuyendo al proceso de descentralización y modernización de la gestión del Estado. Que, el artículo 207 del Reglamento, señala que la transferencia de dominio en el Estado se realiza entre las entidades que conforman el SNBE, en forma directa y a título gratuito u oneroso sobre los predios de dominio privado estatal. Que, en cuanto a los requisitos de la transferencia el literal a) del numeral 212.4 del artículo 212 del Reglamento señala que para la transferencia a favor de Gobiernos Regionales se debe adjuntar el Acuerdo de Consejo Regional. Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…). Que, mediante la Nota Informativa Nº 218-2022- GRSM/OCP de fecha 11 de octubre de 2022, la O fi cina de Control Patrimonial, luego de la evaluación técnica concluye que: El expediente administrativo cumple con la documentación técnica necesaria para el sustento de