Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 141

141 NORMAS LEGALES Jueves 15 de diciembre de 2022 El Peruano / Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi ficatorias la Ley Nº 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE DECLARA Y PROMUEVE EL ENOTURISMO COMO UNA ESTRATEGIA PRIORITARIA PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y TURÍSTICO DE LA REGIÓN ICA Artículo Primero.- OBJETIVO DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y PRIORIDAD REGIONAL PROMOVER EL ENOTURISMO EN LA REGIÓN ICA, como estrategia prioritaria para el desarrollo económico, social y turístico. Artículo Segundo.- Conformar una Mesa Multisectorial e Intergubernamental integrada por: - Gerente de Desarrollo Económico (Preside) - Gerente Regional de Planeamiento, presupuesto y acondicionamiento territorial. - Dirección Regional de la Producción.- Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo- Dirección Regional Agraria- Representantes de las Asociaciones de Viticultores de las diferentes provincias. - Alcaldes Provinciales o sus representantes- 03 alcaldes Distritales - Representante de la Cámara de Comercio de Ica - Representantes de los pequeños agricultores.- Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica- Universidad Privada San Juan Bautista- Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza. Artículo Tercero.- ELABORAR un Plan Operativo Anual Público - Privado, para el desarrollo y programación de actividades anuales en cada una de las provincias. Artículo Cuarto.- IMPULSAR la creación de una Gobernanza o Ente Gestor del Turismo (Asociación Público - Privada de Desarrollo Sin Fines de Lucro, el cual deberá ser entidad receptora de donaciones) integrado por el sector público, privado y las Universidades de la Región, que fomente el desarrollo turístico en la Región, conforme al Plan Estratégico Nacional de Turismo – PENTUR. Dicho ente gestor no sólo se limita a los asociados fundadores, sino que también en el futuro lo integrará cualquier asociación, gremio, empresa o persona que cumpla con la legalidad del caso para ser miembro; asimismo, será un organismo privado y autónomo que contará con patrimonio propio proveniente del aporte económico y financiero de personas naturales o jurídicas tanto del sector público o privado. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Ica, la asignación presupuestal para la ejecución de programas, proyectos, actividades en materia turística, según disponibilidad presupuestal, así como la asignación de mayores recursos gestionados ante el Ministerio de Economía y Finanzas, y otras fuentes de cooperación interna y externa. Artículo Sexto.- LA GOBERNANZA o ENTE GESTOR EN MATERIA TURÍSTICA deberá estar presidida por un representante del sector privado con el fin de darle continuidad a la plani ficación estratégica y el cumplimiento de los objetivos trazados para el bene ficio de todos los actores que lo conforman. Artículo Séptimo.- ESTABLECER la participación del Gobierno Regional de Ica en el Ente Gestor del Turismo (Asociación Público - Privada de Desarrollo Sin Fines de Lucro), el cual tendrá como representantes al Gerente Regional de Desarrollo Económico y al Director Regional de Comercio Exterior y Turismo. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O ficial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica y todas sus dependencias descentralizadas. Comuníquese al señor Gobernador de Ica para su promulgación. En la ciudad de Ica, a los veintiuno días del mes de noviembre de dos mil veintidós EDITH NANCY GUILLEN CANALES Consejera DelegadaConsejo Regional de Ica POR TANTORegístrese, comuníquese y cúmplaseDado en la sede del Gobierno Regional de Ica a los 6 días del mes de diciembre de dos mil veintidós. JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS Gobernador Regional de Ica 2133883-4 Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Conservación y Recuperación de Bosques Secos de Huarango ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2022-GORE-ICA Ica, 6 de diciembre de 2022El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de noviembre de 2022. VISTO el Dictamen N° 003-2022-GORE-ICA-CDEIS de la Comisión Agraria, Recursos Naturales y Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el inciso a) del artículo 15º establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi ficar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, conforme a los artículos 11º y 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, como tal se encuentra dentro de sus atribuciones dictar normas expresando su decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, conforme al artículo 39º de la acotada norma legal. Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8°, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia. Que, la Resolución Ejecutiva Regional N° 200- 2015-GORE.ICA-GR de fecha 18 de mayo de 2015, se aprobó la Directiva N° 001-2015-GORE.ICA-GRPPAT-SPE “Lineamientos Generales para la Formulación, Aprobación, Implementación, Monitoreo y Seguimiento de Planes Temáticos en el Gobierno Regional de Ica”, la cual tiene como finalidad orientar los procesos de formulación, aprobación, implementación, monitoreo y seguimiento de los Planes Temáticos del Gobierno Regional de Ica, mediante un enfoque de gestión estratégica, a fin de optimizar la efectividad de las intervenciones desarrolladas, permitiendo generar resultados que bene ficien al ciudadano, en el marco de los Sistemas