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147 NORMAS LEGALES Sábado 17 de diciembre de 2022 El Peruano / Artículo 5º.- De fi niciones Para una correcta aplicación deberán tenerse en cuenta las siguientes de fi niciones: a. Áreas verdes de uso público.- Constituyen áreas verdes de uso público, aquellos espacios cubiertos por vegetación y/o arbolado, ubicados en parques, plazas, alamedas, paseos, bermas centrales, bermas laterales, aportes para recreación pública resultantes de habilitaciones urbanas y todas las áreas de uso público reconocidos como tales. b. Áreas verdes de uso privado.- Son aquellos espacios cubiertos de vegetación o arbolado, ubicados dentro de la propiedad privada. c. Área verde.- Es una super fi cie que se desarrolla dentro de ciertos límites, las áreas verdes tienen una gran importancia para la vida. Las plantas se encargan de absorber el dióxido de carbono de la atmósfera y liberan oxígeno. Además ayudan a regular las temperaturas y reducen el impacto de la erosión. Sin áreas verdes, la vida no sería posible. Se incluyen espacios abiertos constituidos por parques, jardines, plazas y áreas similares cuyas características sean adecuadas para el desarrollo de actividades de disfrute de recreación activa o recreación pasiva. d. Árbol.- Es cualquier especie arbórea instalada dentro de una localidad urbana o área de expansión, para mejorar la calidad ambiental de la ciudad. e. Bienestar social. - es la protección de la integridad del espacio público por el uso común de este y que debe prevalecer frente al interés particular. f. Compensación arbórea.- Es la medida de resarcimiento por daños producidos a los componentes arbóreos de las áreas verdes. g. Creación.- Es aquella acción por la cual se incrementa el área verde o cantidad de arbolado existente en un espacio público, cuyo uso no haya estado asignado ha dicho fi n. h. Defensa.- Es el hecho de promover y efectuar la protección de las áreas verdes existentes, evitando su reducción o eliminación. i. Deslizamiento: Se de fi ne como el movimiento pendiente abajo, lento o súbito de una ladera, formada por materiales naturales: roca, suelo, vegetación o bien rellenos arti fi ciales . j. Erosión.- Se llama erosión al desgaste que ejercen a lo largo del tiempo los distintos procesos físicos de la super fi cie terrestre sobre los suelos, las rocas y los materiales que pudieran ejercerles resistencia. Los principales agentes erosivos son el viento, el agua, el hielo y los cambios de temperatura. k. Huayco.- Es una mezcla de lodo y piedras que avanza, en la mayoría de los casos por los cauces de quebradas secas, de ahí su nombre. Los huaicos se producen en épocas de lluvias, llegando hasta los poblados que están en la parte baja de las quebradas; causando enormes daños a su paso. l. Vegetación. - conjunto de especies forestales, arbustivas, herbáceas y de cobertura del suelo distribuidas en un espacio físico en particular. m. Introducción de especies exóticas: es la acción de introducir una especie no nativa de forma accidental o deliberada en espacios naturales. Las especies introducidas pueden dañar los ecosistemas en los que se introducen, alterando el nicho ecológico de otras especies. Si una especie resulta dañina, produciendo cambios importantes en la composición, la estructura o los procesos de los ecosistemas naturales o seminaturales, ponen en peligro la diversidad biológica nativa. n. Poda Severa: Acción de cortar las ramas primarias y/o secundarias del árbol, o parte del fuste (tronco) eliminando o reduciendo drásticamente el follaje. o. Recreación Activa: Conjunto de actividades dirigidas al esparcimiento y al ejercicio de disciplinas lúdicas, artísticas o deportivas que tienen como fi n la salud física y mental, para las cuales se requiere infraestructura. p. Recreación Pasiva: Conjunto de actividades contemplativas dirigidas al disfrute escénico y la salud física y mental, para las cuales sólo se requieren equipamientos en proporciones mínimas al escenario natural, de mínimo impacto ambiental y paisajístico. q. Silvicultura Urbana : Conjunto de técnicas que tienen por fi nalidad el cultivo, mantenimiento, plani fi cación y ordenación de los árboles dentro de los límites de una ciudad y en su periferia con miras a servir para el bienestar colectivo y calidad de vida de la población. r. Tala: Acción por la cual se corta el fuste (tronco) de un árbol muy cerca del nivel del suelo. s. Traslado o reubicación: Es la extracción o retiro total (copa, fuste, raíces con porción de tierra) de una especie arbórea de su locación original hacia otra locación, con la fi nalidad de conservarlo y sin poner en riesgo. t. Zonas Intangibles: Son espacios protegidos de excepcional importancia cultural y biológica, en los cuales no pueden realizarse ningún tipo de actividad extractiva debido a su valor ambiental. u. Zonas de alto riesgo: Se de fi ne como zona de muy alto riesgo no mitigable aquella donde existe la alta probabilidad de que la población y/o sus medios de vida sufran daños o pérdidas a consecuencia del impacto de un peligro recurrente. CAPÍTULO II DE LA IMPLEMENTACIÓN, CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DE LAS ÁREAS VERDES Artículo 6º.- De la naturaleza Jurídica de las Áreas verdes La implementación, mantenimiento, conservación y gestión de las áreas verdes tiene suma importancia, al ayudar signi fi cativamente a tener una buena salud emocional, los entornos naturales también permiten que sus habitantes se sientan mejor físicamente. Vivir rodeado de espacios verdes y parques anima a la población a salir a la calle, a pasear e incluso a practicar deporte. Además, el aire que se respira en una ciudad donde se vive rodeado de árboles es mucho más limpio, lo que repercute directamente en la salud, sobre todo en personas con problemas respiratorios. Y dada la geografía muy particular del distrito, las áreas verdes contribuirán a servir como un fi ltro o barrera de seguridad y protección ante erosiones, deslizamientos y huaycos; lo cual es un factor muy importante de seguridad para la población. Artículo 7º.- Derechos y obligaciones Son derechos de la población en general, disfrutar de manera libre y responsable de las áreas verdes de uso público, sin más limitaciones que las derivadas del orden público, la moral y las buenas costumbres, y las demás normas que se dicten en defensa de la implementación, mantenimiento, conservación, gestión y la protección de las áreas verdes y sus componentes; Son obligaciones de la población: a) Solicitar autorización municipal previa, si es indispensable realizar el traslado, tala o retiro de un árbol, o remodelación de áreas verdes de uso público. b) Considerar como inamovibles los árboles, arbustos y palmeras plenamente establecidas en las áreas públicas, a fi n de evitar las afectaciones durante el proceso de obras públicas o privadas. c) Conservar el área verde de uso público cuando realicen trabajos de obra privada (construcciones, remodelaciones, ampliaciones, reforzamiento o similares). d) Respetar las especies arbóreas y vegetales existentes. e) Participar de forma activa y respetar los acuerdos que comprenden el regadío de las áreas verdes en las zonas determinadas como alto riesgo o intangibles. Artículo 8º.- Medidas de protección Está prohibida la plantación, modi fi cación, reducción, retiro o eliminación de las áreas verdes de uso público y de sus especies arbóreas o vegetales (o sus componentes), sin autorización municipal.