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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 144

144 NORMAS LEGALES Sábado 17 de diciembre de 2022 El Peruano / Gerencia de Comunicación e Imagen su correspondiente difusión masiva. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Presupuesto y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 2134539-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que aprueba la modificación de la Ordenanza N° 637/MDC que otorga beneficios tributarios por el cumplimiento de Obligaciones Tributarias en el distrito de Comas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 649/MDC Comas, 2 de diciembre del 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO:VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 02 de diciembre de 2022, el Informe Nº 99-2022-SGRCT-GAT/MDC de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, el Memorándum Nº 1080-2022-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 111-2022-SGPM-GPP/MDC de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, el Informe Nº 330-2022-GPP/MDC de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe Nº 762-2022-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y el Dictamen Nº 17-2022-CEAFPPTM/MDC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas; respecto al Proyecto de Ordenanza que modi fi ca el artículo 8º de la Ordenanza Municipal 637/MDC, que otorga bene fi cios tributarios a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 637/MDC, se otorga bene fi cios tributarios a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias en el distrito de Comas, estableciendo en su Artículo 8º otorgar descuentos a los contribuyentes que no consignen deuda tributaria hasta el año 2021, siempre que cancelen el total anual del impuesto predial del año 2022; - Descuento del 25% en los Arbitrios Municipales de 2022, a los contribuyentes que posean predios con uso destinado a casa habitación. - Descuento del 15% en los Arbitrios Municipales de 2022, a los contribuyentes que posean predios con usos distintos a casa habitación. Que, dadas las circunstancias actuales y el impacto económico y fi nanciero, debido factores como el alza de los precios en diversos productos de primera necesidad, que viene perjudicando la economía de los peruanos, situación que también afecta el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por ello, resulta necesario adoptar medidas que mitiguen dicho impacto otorgando mayores bene fi cios a los vecinos de Comas, que les facilite cumplir con sus obligaciones tributarias; Que, la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, en su Informe Nº 99-2022-SGRCT-GAT/MDC, expresa la necesidad de adoptar medidas, en consideración de la situación económica de los vecinos de Comas, a fi n de incentivar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Que, la Gerencia de Administración Tributaria, a través del Memorándum Nº 1080-2022-GAT/MDC, opina de forma favorable respecto a la modi fi cación del artículo 8º de la Ordenanza Nº 637/MDC. Que, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, mediante Informe Nº 330-2022-GPP/MDC, remite y hace suya la justi fi cación técnica contenida el Informe Nº 111-2022-SGPM-GPP/MDC, donde la Subgerencia de Planeamiento y Modernización opina de forma favorable respecto a la modi fi cación del artículo 8º de la Ordenanza Nº 637/MDC. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del Informe Nº 762-2022-GAJ/MC, emite opinión favorable con respecto al proyecto de ordenanza que aprueba la modi fi cación de la Ordenanza Nº 637/MDC. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º inciso 8) y 9), y los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº27972, en concordancia con Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº133-2013-EF; y contando con el Dictamen Nº 17-2022-CEAFPPTM/MDC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y tributación Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, se aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 637/MDC QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo 1º.- MODIFÍQUESE el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 637/MDC, que otorga bene fi cios tributarios para los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias en el Distrito de Comas, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 8º BENEFICIO ESPECIAL PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE CANCELEN EL IMPUESTO PREDIAL DEL AÑO FISCAL 2022 Las personas naturales y /o jurídicas con predios dentro de la jurisdicción del distrito de Comas, que cancelen el Impuesto Predial (incluyendo gastos de emisión) del año 2022, podrán cancelar sus obligaciones pendientes por Arbitrios Municipales (Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo) de dicho ejercicio fi scal, de acuerdo a lo indicado a continuación. - Descuento del 45% de los Arbitrios Municipales, a aquellos contribuyentes que posean predios con uso destinado a casa habitación. - Descuento del 25% de los Arbitrios Municipales, a aquellos contribuyentes que posean predios con usos distintos a casa habitación. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación por el Concejo Municipal. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria, Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico y Subgerencia de Comunicaciones, el cumplimiento y difusión de la presente ordenanza, en cuanto sea de su competencia y a Secretaria General, su publicación.