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71 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2022 El Peruano / su solicitud de prisión preventiva presentada ante el Ministerio Público; no obstante, no acredita mínimamente que se haya aprobado requerimiento de prisión preventiva alguno en contra del antes citado. 2.11. Finalmente, se precisa que la noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.4.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia de la señora magistrada Delia Milagros Espinoza Valenzuela, por ausencia del presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la vigencia de la Resolución Nº 0806-2022-JNE, del 27 de mayo de 2022, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones Nº Ocho y Nº Once, del 9 de setiembre y 28 de octubre de 2022, emitidas por la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura y el Juzgado Especializado en lo Civil de Paita, respectivamente. 2. RESTITUIR la vigencia de la Resolución Nº 0402- 2021-JNE, del 23 de marzo de 2021, con excepción del extremo que dispuso convocar a don Enrique Silva Zapata y doña Maricela Villegas Zapata, para que asuman los cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de Paita, departamento de Piura, respectivamente, a fi n de que completen el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se les otorgó las respectivas credenciales que los facultaba como tal, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Enrique Silva Zapata, conforme a los fundamentos expuestos en el considerando 2.5 de la presente resolución. 3. DEJAR SIN EFECTO la credencial restituida a don Huber Wilton Vite Castillo como alcalde de la Municipalidad Provincial de Paita, departamento de Piura, así como la credencial de regidor de la mencionada entidad edil. 4. CONVOCAR a don Emmanuel Calderón Ruiz, identi fi cado con DNI Nº 47149461, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Paita, departamento de Piura, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Enrique Silva Zapata, para lo cual se le debe otorgar la credencial que lo faculte como tal. 5. CONVOCAR a doña Marisela Isabel Colona Adrianzen, identi fi cada con DNI Nº 03503224, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Paita, departamento de Piura, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Enrique Silva Zapata, para lo cual se le debe otorgar la credencial que la faculte como tal. 6. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.ESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar 2136085-1Declaran que carece de objeto emitir pronunciamiento sobre la petición de convocar al reemplazo de regidor del Concejo Distrital de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 4169-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022113134 VÉGUETA - HUAURA - LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, cinco de diciembre de dos mil veintidós VISTO: el O fi cio Nº 012-2022-S.G/MDV, presentado el 30 de setiembre de 2022 por doña Dora Edith Román Núñez, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima (en adelante, señora solicitante), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Kelvin Matías Trejo, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de su participación en las Elecciones Municipales de Centros Poblados 2022 - Medio Mundo. ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio citado en el visto, la señora solicitante informó de la licencia sin goce de haber presentada por el señor regidor, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 050-2022-CM/MDV, del 29 de setiembre de 2022, mediante el cual el Concejo Distrital de Végueta aprobó la licencia sin goce de haber solicitada, para su participación en las Elecciones Municipales de Centros Poblados 2022 - Medio Mundo, a partir del 6 de octubre al 3 de noviembre de 2022. 1.2. Mediante el O fi cio Nº 09363-2022-SG/JNE, se solicitó a la Municipalidad Distrital de Végueta que adjunte al expediente la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por el señor regidor y la ordenanza municipal que aprueba las elecciones en el centro poblado. 1.3. A través del O fi cio Nº 015-2022-S. G/MDV, presentado el 2 de noviembre del 2022, la señora solicitante informó que el 10 de octubre del año en curso, por medio del expediente Nº 5390-2022, el señor regidor solicitó la suspensión de la licencia sin goce de haber, argumentando que por motivos personales y de índole documental no podrá participar de las elecciones. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades1.3. El artículo 2 re fi ere: Artículo 2.- Tipos de municipalidades Las municipalidades son provinciales o distritales. Están sujetas a régimen especial las municipalidades de frontera y la Municipalidad Metropolitana de Lima. Las municipalidades de centros poblados son creadas conforme a la presente ley.