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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (21/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2022 El Peruano / por Primer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el Expediente Nº 00228-2019-48-1801-JR-LA-01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la colaboradora Norma Maritza Gamboa Oré de Acuña en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Local 02, en cumplimiento de la Resolución Nº 01, de fecha 18 de agosto de 2022, emitida por Primer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, que dispuso la ejecución anticipada de la Sentencia N° 048-2020, en el Expediente Nº 00228-2019-48-1801-JR-LA-01. Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo 1 precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Gestión Educativa Local 02 proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2135594-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban la Convocatoria, Reglamento, Bases y Cronograma para el Concurso Público de Méritos para la Cobertura de Plazas Docentes para Nombramiento 2022, de la Universidad Nacional José María Arguedas UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS RESOLUCIÓN Nº 0518-2022-CO-UNAJMA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Andahuaylas, 14 de diciembre de 2022VISTOS: El Informe Nº 065-2022-UPPM-OPP- UNAJMA, de fecha 20 de setiembre de 2022; la Opinión Legal Nº 231-2022-UNAJMA-OAJ/lmm, de fecha 21 de setiembre de 2022; el Informe Nº 0269-2022-RRHH-UNAJMA, de fecha 21 de noviembre de 2022; el Informe Nº 0153-2022-UPPM-OPP-UNAJMA, de fecha 22 de noviembre de 2022; el Informe Nº 0971-2022-OPP-UNAJMA, de fecha 22 de noviembre de 2022; el O fi cio Nº 237-2022-VP/ACAD-CO-UNAJMA, de fecha 12 de diciembre de 2022; el Acuerdo Nº 02-2022-CO-UNAJMA, de fecha 14 de diciembre de 2022, de la Vigésimo Séptima Sesión Ordinaria de la Comisión Organizadora de la UNAJMA; y; CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 28372 del 29 de octubre de 2004, se crea la Universidad Nacional José María Arguedas con sede en la Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac; y por Resolución Nº 035-2017-SUNEDU/CD del 02 de octubre de 2017, el Consejo Directivo de la SUNEDU, otorga la Licencia Institucional a la Universidad Nacional José María Arguedas; Que, la Ley Universitaria Ley Nº 30220 en su Artículo 8º, respecto a la autonomía universitaria, establece que “El estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico”; Que, según Ley Nº 30220 en su artículo 29º, establece “Aprobada la Ley de creación de una Universidad Pública, el Ministerio de Educación, constituye una comisión organizadora por tres (03) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector y como mínimo un (01) miembro en la especialidad que ofrece la Universidad. Esta comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la Universidad formulados en el instrumento de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que constituyan los Órganos de Gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, de fecha 27 de julio de 2021, se aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; en el punto V. Disposiciones Generales, numeral 5.2. Comisión Organizadora, de fi ne lo siguiente: “Es un órgano de gestión constituido y designado por el Ministerio de Educación, el mismo que está integrado por tres académicos de reconocido prestigio a dedicación exclusiva. Tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento; así como, la conducción y dirección de la universidad hasta la constitución de los órganos de gobierno”; Que, los literales b) e i) del numeral 6.1.4 (Funciones de la Comisión Organizadora) del ítem VI. Disposiciones Especí fi cas, de la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, establece que “Las funciones de la Comisión Organizadora son las siguientes: b) Aprobar y velar por el adecuado cumplimiento del Estatuto, Reglamentos y documentos de gestión de la universidad (…) i) Nombrar, contratar, ratifi car, promover y remover a los docentes y al personal administrativo”; Que, el artículo 83 de la citada Ley Universitaria, señala la “Admisión y promoción en la carrera docente La admisión a la carrera docente se hace por concurso público de méritos. Tiene como base fundamental la calidad intelectual y académica del concursante conforme a lo establecido en el Estatuto de cada universidad…”; Que, mediante Resolución Nº 0322-2022-CO- UNAJMA, de fecha 26 de agosto de 2022, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional José María Arguedas; Que, mediante Resolución Nº 0485-2022-CO- UNAJMA, de fecha 18 de noviembre de 2022, se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Universidad Nacional José María Arguedas, para el ejercicio fi scal 2022; Que, mediante Informe Nº 065-2022-UPPM-OPP- UNAJMA, de fecha 20 de setiembre de 2022, la CPC. Hayde Cansaya Flores, Especialista en Racionalización de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización informa al Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Lic. Adm. Elvis Cuicapusa Ccanto, respecto a la revisión del Reglamento del concurso público de méritos para la cobertura de plazas docentes para nombramiento 2022; emitiendo su conformidad y posterior aprobación vía acto resolutivo, previa opinión legal.”;