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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 145

145 NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2022 El Peruano / 201-2022-AEIYDC-MP-FN, remitidos por la Coordinación del Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito, o fi cio Nº 297-2022-MP-FN-EI, remitidos por la Coordinación del Área Especializada en Denuncias Constitucionales, o fi cio Nº 172-2022-MP-FN-CN-FEVCMYGF-ADM, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, o fi cios Nros. 578 y 580-2022-MP-FN- 1°FSUPR.P, cursados por la Primera Fiscalía Suprema Penal, o fi cios Nros. 703 y 705-2022-MP-FN-2FSP, remitidos por la Segunda Fiscalía Suprema Penal, o fi cio Nº 299 y 339-2022-MP-FN-FEDCFP, cursados por la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, o fi cio Nº 407 y 496-2022-MP-FN- FSTEDCFP, remitidos por la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, o fi cio Nº 465-2022-MP-FN- 2°FSTEDCFP, cursado por la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, o fi cio Nº 312-2022-MP-FN-FSF, Fiscalía Suprema de Familia, o fi cio N.º 4971-2022-MP- FN-PJFSCALLAO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, ofi cio N.º 3364-2022-MP-FN-PJFSCAÑETE, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cañete, o fi cio N.º 6735-2022-MP-FN- PJFSLIMASUR, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Lima Sur, ofi cio N.º 2051-2022-MP-FN-PJFSSELVACENTRAL, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, o fi cio Nº 1924-2022-MP-FN-PJFSHUANCAVELICA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, o fi cio N.º 8410-2022-MP- FN-PJFS-DFLE, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, o fi cio N.º 2923-2022-MP-FN-PJFSANCASH, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, o fi cios Nros. 1966 y 2016-2022-MP- FN-PJFSCUSCO, remitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, o fi cio N.º 7620-2022-MP-FN-PJFSHUANUCO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, o fi cio N.º 2722-2022-MP-FN-PJFICA, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, o fi cio N.º 3560-2022-MP-FN-PJFSJUNIN, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, o fi cio N.º 6617-2022-MP-FN- PJFSLORETO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, ofi cio N.º 2652-2022-MP-FN-PJFSPIURA, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura; y, o fi cios Nros. 3647 y 4202-2022-MP- FN-PJFSPUNO, remitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, mediante los cuales, solicitan la prórroga de la asignación, nombramiento, designación y/o destaque del personal fi scal de los Distritos Fiscales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, San Martín, Santa, Selva Central, Tacna, Tumbes y Ucayali. Que, mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, emitida en virtud al Acuerdo Nº 5973, el mismo que fue adoptado el 13 de diciembre de 2021, se dispuso, entre otros, la creación de doscientos veintiún (221) plazas fi scales, a nivel nacional, distribuidas en dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Supremos, cinco (05) plazas de Fiscales Superiores, cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores, veintiséis (26) plazas de Fiscales Provinciales y ciento ochenta y cuatro (184) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas plazas fi scales provisionales, para la Unidad Ejecutora 002 Gerencia General. Que, por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1886, 1893, 1887, 1892, 1904, 1907, 1888, 1920, 1973, 1894, 1890, 1906, 1976, 1975, 1891, 1974, 1921, 1889, 1919, 2021, 2025, 2026, -2021, de fechas 30 y 31 de diciembre de 2021; así como las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 104, 309, 378, 407, 467, 488, 490, 506, 504, 485, 733, 1314, 1341, 1445, 1578, 1662, 1683, 1770, 1763, 1839, 1890, 1896, 1920, 2066, 2398, 2567-2022-MP-FN, de fechas 2 de febrero, 10, 18, 23, 28 y 29 de marzo, 27 de abril, 2, 4, 15 y 27 de julio, 5, 9, 18 y 25 de agosto, 6, 7, 14 y 30 de septiembre, 12 y 29 de noviembre de 2022, se dispuso, entre otros, las asignaciones de las plazas fi scales señaladas en el párrafo precedente. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, prorrogar las asignaciones, nombramientos, designaciones y/o destaques del personal fi scal que ocupen provisionalmente los cargos mencionados en los o fi cios del primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir del 01 de enero y hasta el 31 de marzo de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de las asignaciones mencionadas en la parte considerativa de la presente resolución, así como los nombramientos, designaciones y/o destaques del personal fi scal, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de marzo de 2023, en mérito a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021 y a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente, conforme se detalla: DISTRITO FISCAL DE AMAZONAS- JHORDY MICHEL TORRES CAMPOS - MERCEDES LISETH ALBUJAR GALLO DE CACEDA DISTRITO FISCAL DE ANCASH- ANITA JIMENA VILLARREAL CAMONES