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129 NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2022 El Peruano / RAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2137390-1 Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Concepción, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 4186-2022-JNE Expediente Nº JNE.2021090207 CONCEPCIÓN - JUNÍNSUSPENSIÓNCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diecinueve de diciembre de dos mil veintidósVISTA: la Carta Nº 055-2022-SG/MPC, del 10 de junio de 2022, mediante la cual doña Ruth Cynthia Churampi Santana, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Concepción, departamento de Junín (en adelante, señora secretaria), remitió documentación referente al procedimiento de suspensión seguido en contra de don Jaime Francisco Córdova Vila, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), por la causa de sanción impuesta por falta grave de acuerdo con el reglamento interno del concejo municipal, prevista en el numeral 4 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES1.1. A través del O fi cio Nº 052-2021-GM/MPC, recibido el 26 de julio de 2021, don José Aguilar Vilcahuamán, gerente de la referida comuna, remitió: a. Carta Nº 044-2021-SG/MPC, del 18 de junio de 2021, con la cual se noti fi can al señor regidor la Carta del 14 de junio de 2021 y anexos (emitida por doña Silvia Marina Pino Alanya, presidenta de la Comisión de Ética) y la Opinión Legal Nº 160-2021/MPCGAJ (suscrita por el asesor legal de la referida entidad edil). b. Cargo de la Citación Nº 022-2021-A/MPC, del 21 de junio de 2021, en la que se cita a los regidores de concejo provincial a la sesión extraordinaria del día miércoles 30 de junio del mismo año, con agenda “dictamen, suspensión de cargo del regidor Jaime Francisco Córdova Villa - Comisión de Ética”. c. Acta Nº 12-2021-MPC/CM-XII - Sesión extraordinaria, del 30 de junio de 2021, en la que se trató la suspensión seguida en contra del señor regidor. d. Acuerdo de Concejo Nº 052-2021-MPC, del 30 de junio de 2021, que declaró la suspensión del señor regidor por 30 días calendario. e. Notifi cación del Acuerdo de Concejo Nº 052-2021- MPC al señor regidor. f. Capturas de pantalla de aplicación WhatsApp, en donde se visualiza el historial de llamadas dirigidas al señor regidor. g. Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad Provincial de Concepción (en adelante, RIC). h. Informe Nº 004-LTS-SG/MPC, del 23 de julio de 2021, emitido por doña Liliana Tapia Sanabria, del área de Mesa de Partes de la referida municipalidad, en el que manifiesta que a dicha fecha no se ha ingresado ningún recurso de apelación por parte del señor regidor. 1.2. Mediante el O fi cio Nº 04252-2021-SG/JNE, del 29 de octubre de 2021, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) requirió los siguientes documentos: a. Solicitud de suspensión en contra del señor regidor, en caso hubiera sido presentada, o el documento que dio inicio al procedimiento de suspensión en cuestión. b. Descargos efectuados por el señor regidor, respecto a la suspensión solicitada, en caso hubieran sido presentados. c. Acta Nº 12-2021-MPC/CM-XII - Sesión Extraordinaria, del 30 de junio de 2021, debidamente suscrita por todos los participantes, en la que se debatió y resolvió la referida suspensión. d. Comprobante de pago por trámite de candidato no proclamado, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT). e. Se debe informar si el RIC, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2016-CM/MPC, fue publicado íntegramente de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la LOM, adjuntando los documentos correspondientes de dicha publicación. 1.3. Con O fi cio Nº 090-2021-GM/MPC, del 5 de noviembre de 2021, la entidad edil presentó: a. Comprobante de pago por trámite de convocatoria de candidato no proclamado. b. Informe Nº 224-2021-SG/MPC, de 5 de octubre de 2021, emitido por la señora secretaria, por medio del cual remitió documentos sobre la suspensión en cuestión. c. Acuerdo de Concejo Nº 114-2019-MPC, de 9 de octubre de 2019, a través del cual se acordó derivar a la Comisión de Ética el caso de suspensión. d. Publicación de la Ordenanza Municipal Nº 004-2016- CM/MPC, en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Concepción. 1.4. Por medio del O fi cio Nº 00526-2022-SG/JNE, del 31 de enero de 2022, la Secretaría General del JNE requirió a la citada municipalidad: a. La lista o control de asistencia de los miembros del Concejo Provincial de Concepción a la Sesión Extraordinaria del 30 de junio de 2021, u otro documento análogo, en caso hubiera. b. El video o grabación de la aludida sesión extraordinaria, en la que se debatió y votó la suspensión del señor regidor, en caso hubiera. 1.5. A través del O fi cio Nº 060-2022-A/MPC, del 4 de febrero de 2022, la mencionada comuna remitió: a. Registro de asistencia de la Sesión Extraordinaria Nº 012-2021, del 30 de junio de 2021. b. CD de grabación de sesión de concejo extraordinaria, en la que se debatió y votó la suspensión. 1.6. Mediante Resolución Nº 0170-2022-JNE, del 18 de marzo de 2022, el Pleno del JNE declaró nulo lo actuado hasta la emisión del Acuerdo de Concejo Nº 052-2021-MPC, en el procedimiento de suspensión en cuestión, y requirió a don Benjamín Próspero de la Cruz Palomino, alcalde de la entidad edil (en adelante, señor alcalde), que cumpla con noti fi car el Acuerdo de Concejo Nº 052-2021-MPC a los miembros del concejo, en especial al señor regidor, respetando fi elmente las formalidades de los artículos 20 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y de ser el caso, eleve el expediente de apelación en el plazo de cinco (5) días hábiles luego de su interposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la LOM. Asimismo, se requirió la siguiente documentación: