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74 NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2022 El Peruano / N° Tipo Proyecto o ProgramaDenominación InstituciónN° de Convenio o Contrato Monto Total del desembolso en soles S/. 12Subvenciones a Personas Jurídicas Privadas ProyectoQhawawa: Desarrollo de una plataforma integral asincrónica para la evaluación de la concentración de metales pesados en niños y mujeres en edad fértil para ser empleadas en campañas de salud por el primer nivel de atención en Huancavelica, que incluye un dispositivo electroquímico de bajo costo y una aplicación móvil asincrónicaAsociación Civil Universidad de Ciencias y Humanidades UCHPE501081174-2022 500,000.00 13 ProyectoValidación y desarrollo tecnológico de un procedimiento para la fabricación de adoquines y bloquetas geopoliméricas a partir del aprovechamiento de residuos de la industria de la construcción (ladrillos, morteros y hormigones)Universidad Católica San PabloPE501081008-2022 500,000.00 14 ProyectoEstudio de la respuesta inmune y las alteraciones en el hipocampo en un modelo animal de Neurocisticercosis.Universidad Peruana Cayetano HerediaPE501080773-2022 164,616.00 15 ProyectoNueva estrategia restauradora para el Desgaste Dental Erosivo, por desproteinización dentinaria con hipoclorito de calcioUniversidad Católica de Santa MaríaPE501080596-2022 165,000.00 TOTAL 3’087,246.00 en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 2137567-1 CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Aprueban Lineamientos para la evaluación de los estándares del Modelo de acreditación para programas de estudios de educación superior universitaria RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000071-2022-SINEACE/P San Isidro, 23 de diciembre de 2022 VISTOS: El Memorándum N°000377-2022-SINEACE/P- DEA, del 28 de noviembre de 2022, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior y Técnico-Productiva (en adelante, la DEA); el Informe N°000013-2022-SINEACE/P-DEA-MMG, del 28 de noviembre de 2022, de la DEA; el Informe Legal N° 000862-2022-SINEACE/P-GG-OAJ, del 13 de diciembre de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa (en adelante, el Sineace), establece como fi nalidad del Sineace, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sineace, constituyéndose, a través de Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU, del 28 de agosto de 2014, su Consejo Directivo Ad Hoc, siendo una de sus funciones aprobar los planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión necesarios para ejecutar las funciones necesarias que permitan la continuidad del Sineace y los procesos en desarrollo; Que, mediante Decreto Supremo N° 097-2021-PCM, publicado el 15 de mayo 2021, la Presidencia del Consejo de Ministros rati fi có la cali fi cación del Sineace como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación. Así pues, según lo dispuesto en el artículo 33° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Técnicos Especializados se crean, por excepción, cuando existe la necesidad de: 1. Plani fi car y supervisar, o ejecutar y controlar políticas de Estado de largo plazo, de carácter multisectorial o intergubernamental que requieren un alto grado de independencia funcional; Que, el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, indica que los organismos técnicos especializados del Poder Ejecutivo pueden establecer procedimientos administrativos y requisitos mediante resolución del órgano de dirección o del titular de la entidad, según corresponda, para lo cual deben estar habilitados por ley o decreto legislativo a normar el otorgamiento o reconocimiento de derechos de los particulares, el ingreso a mercados o el desarrollo de actividades económicas; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 000022-2016-SINEACE/CDAH-P, del 24 de noviembre de 2016, se aprobó el documento técnico normativo denominado Modelo de Acreditación para Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 000026-2021-SINEACE/CDAH, del 22 de octubre de 2021, se aprobó el Reglamento para la Autoevaluación, Evaluación Externa y Procedimiento de Acreditación de Programas e Instituciones de Educación Superior y Técnico Productiva (en adelante, el Reglamento de acreditación), cuyo objeto es regular las actividades de autoevaluación y evaluación externa, así como el procedimiento para acceder a la acreditación que otorga el Sineace; Que, de igual manera, la Quinta Disposición Complementaria del Reglamento de acreditación indica Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva y a las Unidades de Gestión de Concursos, Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC,