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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (27/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Martes 27 de diciembre de 2022 El Peruano / de delitos que se desarrollan en el territorio nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2056-2019- IN, de fecha 20 de diciembre de 2019, se aprobaron diversas Directivas, entre las cuales, la Directiva Nº 010-2019-IN-DGSC tiene por objeto establecer disposiciones técnicas para que los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) diseñen, formulen, aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acciones Provinciales de Seguridad Ciudadana; La Directiva Nº 010-2019-IN-DGSC aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 2056-2019 IN del 20 de Diciembre del 2019, tiene el objeto de establecer las disposiciones técnicas para que los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC diseñen, formulen, aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana en el marco de la implementación del Plan Nacional de seguridad Ciudadana 2019-2023 (PNSC 2019-2023) y la normatividad vigente en la materia; Que, la Directiva Nº 010-2019-IN-DGSC, en su numeral 7.6 establece: Aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana por el Concejo Municipal. 7.6.1 Habiendo sido declarado la propuesta del Plan der Acción Provincial de Seguridad Ciudadana APTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN por parte de la secretaria Técnica del CORESEC, EL PRESIDENTE DEL COPROSEC propone ante el concejo municipal la aprobación del mismo. 7.6.2 El Consejo Municipal de la Municipalidad Provincial aprueba el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana (PAPSC) mediante Ordenanza; incorporando el PAPSC al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional, conforme al anexo 07. 7.6.3 La Ordenanza de la Municipalidad Provincial que aprueba el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana es remitida a la Secretaria Técnica del CORESEC en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles posteriores a su aprobación; Que, contando con la opinión legal favorable emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Nº1286-2022-GAJ/GM/MPMN, opinando PROCEDENTE, la aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2022 de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto – Moquegua; POR CUANTO:El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto” en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26- 05- 2003, Ley Nº 8230 del 03-04-1936 y DS 043-2021-PCM de fecha 12-03-2021, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de la fecha, aprobó por Unanimidad del pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022 PROVINCIA MARISCAL NIETO – MOQUEGUA Artículo Primero.- APROBAR; el PLAN DE ACCIÓN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022 - PROVINCIA MARISCAL NIETO. MOQUEGUA, que ha sido validado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana y declarado apto para su implementación por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana Ofi cio Nº 007-2022-P/CORESEC/GRM y el Informe Nº 005-2022-ST-CORESEC-GRM, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 - “Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana” y demás normas aplicables de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PRECISAR; que el “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2022, de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, aprobado por el artículo precedente, forma parte de la presente Ordenanza como Anexo. Artículo Tercero.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal y a la O fi cina de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, el cumplimiento de lo establecido en dicho “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2022. Artículo Cuarto.- ENCARGAR; a la O fi cina de Seguridad Ciudadana la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadísticas en coordinación con la O fi cina de Secretaria General la publicación del integro de este documento en el portal de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto: https://www.munimoquegua.gob.pe/ POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 2137858-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES