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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (27/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Martes 27 de diciembre de 2022 El Peruano / Estando a lo informado por la O fi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través del OFICIO N° 003313-2022-GR.LAMB/ORPP [4358083 - 45], lo opinado favorablemente por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal N°000610-2022-GR.LAMB/ORAJ [4358083 - 47], con el visado de la Secretaría General y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modi fi catoria, Ley Nº 27902; SE RESUELVE:Articulo 1º.- Aprobar la Transferencia Financiera en el Marco de la Ley N° 31358, Ley que Establece medidas para la Expansión del Control Concurrente con la fi nalidad de efectuar acciones de Control Concurrente a las Inversiones de Código Único: 2310820, 2344932, 2378916 y 2359925 hasta por un monto de S/7 323 558.36 (SIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 36/100 SOLES) de la Unidad Ejecutora 001 Sede Lambayeque a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República, con la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados – Fondo de Compensación Regional, de los recursos del Presupuesto Institucional del Pliego 452 Gobierno Regional de Lambayeque, según Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31365 en el marco de lo estimado en la Resolución Directoral N° 020-2021-EF/50.01. Articulo 2°.- Transcríbase la presente Resolución a la Comisión del Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso, a la Contraloría General de la República, a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y demás dependencias administrativas del Pliego 452 Gobierno Regional de Lambayeque Articulo 3°.- Encargar a la Instancia Competente del Gobierno Regional de Lambayeque la Publicación de la presente Resolución Ejecutiva Regional en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.ANSELMO LOZANO CENTURION Gobernador Regional de Lambayeque 2137770-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan hasta el 29 de diciembre del 2022 la vigencia de la Ordenanza N° 000326/MDSA, que aprobó la beneficios tributarios y administrativos denominada “Última amnistía del periodo 2019-2022” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000015-2022/MDSA Santa Anita, 16 de diciembre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Informe Nº 391-2022-SCRCRT/GSATDE/ MDSA de la Subgerencia de Control y Recaudación Tributaria, el Informe Nº 048-2022-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, el Informe Nº 769-2022-OGAJ/MDSA de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1290-2022-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y;CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 000326/MDSA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 02 de noviembre de 2022, se aprobó los bene fi cios tributarios y administrativos denominada “Ultima amnistía del periodo 2019- 2022”, con vigencia hasta el 20 de diciembre del 2022; Que, la Primera Disposición Final de la citada Ordenanza faculta al alcalde para que mediante decreto de alcaldía apruebe las normas reglamentarias respectivas, evalué la gestión operativa tributaria generada por esta ordenanza durante el mes de noviembre, pudiendo dejarla sin efecto si los resultados no fueran favorables, así como la prórroga parcial o total de la vigencia de la presente ordenanza, si la Gestión operativa de los tributos así lo amerita; Que, mediante Informe Nº 391-2022-SGRCRT/ GSATDE/MDSA de fecha 15 de diciembre de 2022 de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria y el Informe Nº 048-2022-GSATDE/MDSA de fecha 16 de diciembre de 2022 de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, solicitan la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 000326/MDSA que aprueba los bene fi cios tributarios y administrativos denominada “Última Amnistía del Periodo 2019-2022”, hasta el 29 de diciembre de 2022; Que, con Informe Nº 769-2022-OGAJ-MDSA de fecha 16 de diciembre de 2022, la O fi cina General de Asesoría Jurídica informa que con fecha 02 de noviembre de 2022 se promulgó la Ordenanza Nº 000326/MDSA que aprueba los bene fi cios tributarios y administrativos denominada “Última Amnistía del Periodo 2019-2022”, siendo su vigencia hasta el 20 de diciembre de 2022, y de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final de la referida ordenanza se le ha otorgado la facultad al alcalde para que mediante decreto de alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la misma, si así lo amerita; por lo que, emite opinión favorable con respecto a los bene fi cios tributarios y administrativos denominada “Última Amnistía del Periodo 2019-2022” prorrogándose hasta el 29 de diciembre de 2022; Que, mediante Memorándum Nº 1290-2022-MDSA/ GM de fecha 16 de diciembre de 2022, la Gerencia Municipal teniendo en cuenta los documentos señalados en vistos recomienda la emisión del decreto de alcaldía en el que se prorrogue los bene fi cios tributarios y administrativos denominada “Última Amnistía del Periodo 2019-2022”, hasta el 29 de diciembre de 2022; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de diciembre del 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº 000326/MDSA, que aprobó la bene fi cios tributarios y administrativos denominada “Última amnistía del periodo 2019-2022”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, a la O fi cina General de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, a la O fi cina de Atención al Ciudadano, Gestión Documentaria y Archivo el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría la publicación del presente decreto de alcaldía, en el diario o fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 2136242-1