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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / Móviles para la Seguridad - RENTESEG, creado mediante Decreto Legislativo N° 1338; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, dispone que, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 de la referida Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; y que la resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 16.3 del artículo 16 de la referida Ley, señala que la entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v del literal m) del numeral 16.1 de la mencionada Ley, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; y que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia; Que, con los documentos C.00568-GG/2022, C.00675-GG/2022 y C.00713-GG/2022, el Gerente General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones una transferencia fi nanciera para fi nanciar la continuidad de la tercera fase del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad – RENTESEG, que comprende la Operación y Mantenimiento, por el monto de S/ 8 949 000,00 (OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES), en el marco de lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1338; Que, mediante Memorando Nº 1425-2022-MTC/26 e Informe Nº 0424-2022-MTC/26, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, informa que en el marco de lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1338, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es responsable de fi nanciar, con cargo a sus recursos, la implementación y operatividad del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad - RENTESEG, conforme a lo solicitado por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, con Memorando N° 2771-2022-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 1018-2022-MTC/09.03 de su Ofi cina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del Pliego 019: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, hasta por la suma de S/ 8 949 000,00 (OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para fi nanciar la continuidad de la tercera fase del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad – RENTESEG, que comprende la Operación y Mantenimiento; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, a favor del Pliego 019: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, hasta por el importe de S/ 8 949 000,00 (OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para fi nanciar la continuidad de la tercera fase del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad – RENTESEG, que comprende la Operación y Mantenimiento, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1338 y del literal y) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y el Decreto Legislativo N° 1338, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hasta por la suma de S/ 8 949 000,00 (OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para fi nanciar la continuidad de la tercera fase del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad – RENTESEG, que comprende la Operación y Mantenimiento, conforme al sustento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atiende con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2022, Unidad Ejecutora 001: Administración General, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, Categoría Presupuestal Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos (APNOP), Actividad “5001254. Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades”, Categoría del Gasto “Gasto Corriente”, Genérica de Gasto “2.4 Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Seguimiento La Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi ere los recursos aprobados en artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Reportes trimestrales de cumplimiento del OSIPTEL El último día hábil de cada trimestre, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, enviará a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, un reporte detallado del uso de los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial; así como de los recursos transferidos mediante Resolución Ministerial N° 281-2022-MTC/01 de fecha 07 de abril de 2022. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones 2138555-1 Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1348-2022-MTC/01 Lima, 28 de diciembre de 2022