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52 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO ALONSO GARCÍA BIRIMISA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2138809-2 Designan Director General de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 371-2022-TR Lima, 28 de diciembre de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designa al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor EDWIN POQUIOMA CHUQUIZUTA en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO ALONSO GARCIA BIRIMISA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2138809-3 Designan Director General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2022-TR Lima, 28 de diciembre de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designa al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JUAN MARIANO NAVARRO PANDO en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO ALONSO GARCÍA BIRIMISA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2138809-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan concesión única a OPERACIONES MEGARED E.I.R.L. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en área que comprende todo el territorio nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1290-2022-MTC/01.03 Lima, 22 de diciembre de 2022 VISTO, el escrito de registro N° T-474348-2022, mediante el cual la empresa OPERACIONES MEGARED E.I.R.L., solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local, en la modalidad conmutado, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modi fi cado por la Ley N° 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, de fi ne la concesión como “al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector”; Que, adicionalmente, el citado artículo señala que “las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasi fi cación general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesión”. Asimismo, indica que “El Ministerio tendrá a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento”;