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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / del normal desenvolvimiento de actividades que di fi culta que las Entidades Complementarias puedan contar con nuevos formatos; asimismo, se ha advertido que las características y especi fi caciones aprobadas para el año 2022 comprenden las medidas de seguridad adecuadas por lo que es viable prorrogarlas para el año 2023; Que, mediante Informe N° 0637-2022-MTC/17.03 y el Memorando N° 1296-2022-MTC/17, formulados por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, se emite opinión en relación a la suspensión de la entrada en vigencia del “Protocolo de Evaluación de Habilidades en la Conducción en la Infraestructura Cerrada a la Circulación Vial y en la Vía Pública, para el Otorgamiento de las Licencias de Conducir”, así como respecto a las prórrogas de la entrada en vigencia del “Manual de Inspecciones Técnicas Vehiculares” y de la “Tabla de Interpretación de Defectos de Inspecciones Técnicas Vehiculares; Que, mediante el Informe N° 1827-2022-MTC/18.01, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, consolida y propone establecer las medidas para la aprobación de las ampliaciones de plazo señaladas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de suspensión de la entrada en vigencia del “Protocolo de Evaluación de Habilidades en la Conducción en la Infraestructura Cerrada a la Circulación Vial y en la Vía Pública, para el Otorgamiento de las Licencias de Conducir” Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2023 la suspensión establecida en el artículo 5 de la Resolución Directoral N° 35-2020-MTC/18, prorrogada a su vez por el artículo 6 de la Resolución Directoral N° 15-2021-MTC/18, el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 021-2021-MTC/18, el artículo 3 de la Resolución Directoral N° 040-2021-MTC/18, y el artículo 3 de la Resolución Directoral N° 008-2022-MTC/18, referido a la entrada en vigencia de la Directiva N° 001-2020-MTC/18 “Protocolo de Evaluación de Habilidades en la Conducción en la Infraestructura Cerrada a la Circulación Vial y en la Vía Pública, para el Otorgamiento de las Licencias de Conducir”, aprobada por Resolución Directoral N° 28-2020-MTC/18. Artículo 2.- Prórroga de la entrada en vigencia de los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 037-2021-MTC/18. Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2023, la entrada en vigencia de los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 037-2021-MTC/18 que aprueba el “Manual de Inspecciones Técnicas Vehiculares”, prorrogados a su vez por el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 041-2021-MTC/18, y el artículo 4 de la Resolución Directoral N° 008-2022-MTC/18. Artículo 3.- Prórroga de la entrada en vigencia de la Resolución Directoral N° 023-2021-MTC/18. Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2023, la entrada en vigencia de la Resolución Directoral N° 023-2021-MTC/18, que aprueba la “Tabla de Interpretación de Defectos de Inspecciones Técnicas Vehiculares”, prorrogados a su vez por el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 041-2021-MTC/18, y el artículo 5 de la Resolución Directoral N° 008-2022-MTC/18. Artículo 4.- Ampliación de la vigencia de las características y especi fi caciones de la Calcomanía Ofi cial y del Papel de Seguridad aprobados para el año 2022. 4.1 Ampliar, para el año 2023, la vigencia de las siguientes disposiciones:a) Las características y especi fi caciones técnicas de la Calcomanía O fi cial de Gas Licuado de Petróleo - GLP, contenidas en el Anexo I de la Resolución Directoral N° 038-2021-MTC/18. b) Las características y especi fi caciones técnicas del Papel de Seguridad del Certi fi cado de Conformidad del Vehículo con Combustión de GLP y del Certi fi cado de Inspección Anual del Vehículo a GLP, contenidas en el Anexo II de la Resolución Directoral N° 038-2021-MTC/18. c) Las características y especi fi caciones técnicas de la Calcomanía O fi cial de Gas Natural Vehicular - GNV, contenida en el Anexo III de la Resolución Directoral N° 038-2021-MTC/18. d) Las características y especi fi caciones técnicas del Papel de Seguridad del Certi fi cado de Conformidad del Vehículo con Combustión de GNV y del Certi fi cado de Inspección Anual del Vehículo a GNV, contenidas en el Anexo IV de la Resolución Directoral N° 038-2021-MTC/18. e) Las características y especi fi caciones técnicas del Papel de Seguridad del Certi fi cado de Conformidad de Modi fi cación, Fabricación y Montaje, contenidas en el Anexo V de la Resolución Directoral N° 038-2021-MTC/18. f) Las características y especi fi caciones técnicas de la Calcomanía O fi cial de Inspección Técnica Vehicular, contenidas en el Anexo VI de la Resolución Directoral Nº 038-2021-MTC/18. g) Las características y especi fi caciones técnicas del Papel del Certi fi cado de Inspección Técnica Vehicular, contenidas en el Anexo VII de la Resolución Directoral Nº 038-2021-MTC/18. 4.2 Las Entidades Complementarias deben adecuar la emisión de la Calcomanía O fi cial y del Papel de Seguridad, de acuerdo al año de vigencia, previsto en el numeral precedente. Artículo 5.- Información a la Dirección General de Autorizaciones en Transportes Las Entidades Certi fi cadoras de Conformidad de Modi fi cación, Fabricación y Montaje, así como, las Entidades de Conformidad de Conversión de GNV y GLP, deben informar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes en el más breve plazo posible, la cantidad y el rango de los números de serie impresos en los Certi fi cados. Asimismo, deben informar el número de serie del Certi fi cado que sea anulado. Artículo 6.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANKLIN MORE ESPINOZA Director General (e)Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal 2138808-2 Aprueban el listado de localidades sin cobertura RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0495-2022-MTC/27 Lima, 22 de diciembre de 2022CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2021- MTC, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de enero de 2021, se modi fi có el literal a) del numeral 2 del