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38 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / de resultados prioritarios o de objetivos estratégicos institucionales; Que, conforme a lo previsto en los numerales 67.2 y 67.3 del artículo 67 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, los Convenios de Apoyo Presupuestario (CAP) son mecanismos de asignación condicionada de recursos a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que pueden ser fi nanciados con recursos públicos que corresponden a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a cargo del MEF y/o provenientes de donaciones; Que, con el propósito de lograr una mayor fl uidez y efi ciencia en la ejecución de los convenios que suscriba el Ministerio de Economía y Finanzas, para la implementación de los Convenios de Apoyo Presupuestario a través de la Dirección General de Presupuesto Público, en el marco de lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es conveniente delegar las facultades asignadas al titular de la entidad para suscribir convenios, adendas, actas y otros documentos necesarios para la implementación de dichos convenios, en el (la) Director (a) General de la Dirección General de Presupuesto Público, de conformidad con lo previsto en el literal n) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; Que, por otro lado, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 366-2020-EF/50, autoriza al Director General de la Dirección General de Presupuesto Público a suscribir el Acuerdo Separado al Contrato de Aporte Financiero entre el KfW y la República del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas; sin embargo, es necesario que se modi fi que el referido artículo 2 a fi n que comprenda, adicionalmente, la autorización de suscribir adendas al mencionado Acuerdo Separado del Contrato de Aporte Financiero, con el objeto de poder lograr una mejor implementación de dicho Acuerdo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-20019-JUS, y en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación para la suscripción de Convenios de Apoyo Presupuestario, adendas, actas y otros documentos necesarios para su implementación Delegar en el(la) Director(a) General de la Dirección General de Presupuesto Público, la facultad de suscribir los Convenios de Apoyo Presupuestario, a los que hace referencia el numeral 67.3 del artículo 67 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, así como las adendas, actas y otros documentos necesarios para la implementación de dichos convenios. Artículo 2.- Modi fi cación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 366-2020-EF/50 Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 366-2020-EF/50, conforme al siguiente texto: “Artículo 2. Autorización Autorizar al(la) Director(a) General de la Dirección General de Presupuesto Público a suscribir el Acuerdo Separado al Contrato de Aporte Financiero entre el KfW y la República del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, así como las adendas y toda documentación que forme parte de dicho Acuerdo Separado.” Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2138811-1 EDUCACION Aceptan renuncia de Viceministro de Gestión Institucional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2022-MINEDU Lima, 28 de diciembre de 2022CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 022-2022-MINEDU se designa al señor JOSE LUIS GARGUREVICH VALDEZ en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando por lo que resulta necesario proceder con la aceptación de la misma; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JOSE LUIS GARGUREVICH VALDEZ, al cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA Ministro de Educación 2138815-12 Designan Viceministra de Gestión Institucional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2022-MINEDU Lima, 28 de diciembre de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro(a) de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la funcionaria que ejercerá el referido cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de