Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / d. Aprobar, modi fi car, derogar y reordenar directivas, procedimientos, planes de contingencia y otros documentos de gestión inherentes a las funciones administrativas orientados a optimizar los procedimientos y procesos de carácter interno. e. Conformar grupos de trabajo y/o similares al interior de la entidad cuyo objetivo sea el manejo adecuado de los recursos asignados y/o la optimización de procedimientos y procesos administrativos internos, así como, de ser el caso, disponer la modi fi cación de su respectiva conformación y demás aspectos que resulten necesarios, incluso dejar sin efecto la normativa interna o documento de gestión que se le oponga. 1.4 En materia de personala. Autorizar y resolver acciones de personal a que se re fi ere el Capítulo VII “De la asignación de funciones y el desplazamiento” del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, con excepción de la designación y encargo. b. Resolver en última instancia los recursos administrativos interpuestos por los trabajadores del régimen establecido por el Decreto Legislativo Nº 1057 y el Decreto Legislativo Nº 276, a excepción de aquellos que sean de competencia del Tribunal del Servicio Civil - SERVIR. c. Aprobar los requerimientos de contratación de los servidores sujetos al régimen especial de contratación administrativa de servicios - CAS, formulados por las áreas, o fi cinas y direcciones de la entidad, conforme a la normativa de la materia y los actos correspondientes a los servidores permanentes del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057. d. Autorizar el inicio del proceso de contratación del personal bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios - CAS, conforme a la normativa de la materia. e. Suscribir y resolver los contratos bajo el régimen de contratación administrativa de servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. f. Aprobar los actos correspondientes al término de servicios; aceptación de renuncia, excepto los cargos de confi anza; cese por fallecimiento; cese de fi nitivo por límite de edad y resolución de contrato de personal, de acuerdo a lo establecido en el artículo 183 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. g. Aprobar, el programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal del Archivo General de la Nación. h. Suscribir y resolver los convenios sobre modalidades formativas laborales, de acuerdo con lo establecido en la normativa sobre la materia. i. Aprobar los requerimientos de personas en prácticas formulados por las áreas, o fi cinas y direcciones de la entidad, conforme a la normativa de la materia. Artículo 2.- Delegar en la O fi cina de Administración las siguientes facultades y atribuciones durante el Ejercicio Fiscal 2023. 2.1 En materia de contrataciones del Estadoa. Supervisar y efectuar el seguimiento de la plani fi cación, formulación, aprobación y ejecución del Plan Anual de Contrataciones, comunicando de forma inmediata a la Secretaría General, los resultados de la misma para la adopción, de ser el caso, de las medidas correctivas necesarias para alcanzar las metas y objetivos previstos en el Plan Operativo Institucional. b. Designar y remover a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección para el desarrollo de los procedimientos de selección de licitación pública, concurso público y selección de consultores individuales; asimismo, en el caso de procedimientos de selección de adjudicación simpli fi cada y subasta inversa electrónica, cuando lo considere necesario; para lo cual contará con la propuesta del Área de Abastecimiento, quien deberá observar los impedimentos y requisitos para la conformación de cada comité, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. c. Aprobar las contrataciones directas establecidas en los literales e, g, j, k, l y m del numeral 27.1 del artículo 27 del TUO de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, previo informe técnico legal que contenga la justi fi cación de la necesidad y procedencia de la contratación directa. d. Aprobar los expedientes de contratación, las bases administrativas y/o los documentos del procedimiento de selección, correspondientes a los procedimientos de selección de licitaciones públicas, concursos públicos, adjudicación simpli fi cada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los expedientes de contrataciones y bases administrativas de las contrataciones directas, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. e. Autorizar y suscribir contratos complementarios provenientes de procedimientos de selección de licitaciones públicas, concursos públicos, adjudicación simpli fi cada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto, previa revisión, evaluación y conformidad del Área de Abastecimiento, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. f. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, así como las reducciones hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original proveniente de los procedimientos de selección de licitaciones públicas, concursos públicos, adjudicación simpli fi cada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, así como los que se derivan de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las contrataciones directas, a excepción de los supuestos descritos en los literales b y c del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado, en cuyos casos se requiere previamente de una nueva aprobación. g. Resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual provenientes de los procedimientos de selección de licitaciones públicas, concursos públicos, adjudicación simpli fi cada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las contrataciones directas, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. h. Aprobar la estandarización de bienes y servicios, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. i. Suscribir, modi fi car adendas y resolver contratos, provenientes de los procedimientos de selección de licitaciones públicas, concursos públicos, adjudicación simpli fi cada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las contrataciones directas, previa revisión, evaluación y conformidad del Área de Abastecimiento, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. j. Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección de licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, por causal debidamente motivada, y de conformidad con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. k. Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades, vinculadas a las contrataciones del Estado.