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13 NORMAS LEGALES Martes 8 de febrero de 2022 El Peruano / 6. Informar al COSEDENA sobre los ejercicios de movilización nacional para caso de con fl icto o desastres que serán efectuado, contemplando los recursos necesarios y el cronograma de ejecución, cuyo gasto de planeamiento y preparación serán previstos por las entidades responsables en su respectivo presupuesto institucional anual. Asimismo, propone la normatividad general para la ejecución de los ejercicios de movilización nacional y la actualización de la misma. 22.2. El Ministerio de Defensa (MINDEF) como componente del SIDENA y entidad competente en el ámbito de reservas y movilización nacional, es responsable de: 1. Difundir la directiva nacional de movilización. 2. Difundir la doctrina de movilización nacional.3. Aprobar el cuadro de necesidades de recursos materiales para la movilización nacional ante situaciones de emergencia ocasionadas por con fl ictos. 4. Aprobar la directiva nacional de movilización para situaciones de emergencia ocasionados por con fl ictos, a propuesta del CCFFAA. 5. Consolidar, a través del CCFFAA, los planes de movilización para situaciones de emergencia ocasionadas por con fl ictos, luego de su aprobación por los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Locales. 6. Establecer una base de datos computarizada con el apoyo del Instituto Nacional de Estadística e Informativa (INEI), clasi fi cando la información bajo las categorías de: recursos humanos y recursos materiales (bienes y servicios). Dicha base de datos es distribuida a los componentes del SIDENA y del SINAGERD con la fi nalidad de mantener y actualizar la información de recursos humanos y materiales proporcionada por el CCFFAA e INDECI que se requiere movilizar en situaciones de con fl ictos o desastres. 7. Determinar los bienes y servicios que el Sector Defensa puede poner a disposición del INDECI en casos de movilización para situaciones de emergencia ocasionadas por desastres. 8. Supervisar y evaluar la ejecución de la movilización nacional en situaciones de emergencia ocasionadas por confl ictos y la participación del CCFFAA en situaciones de emergencia ocasionadas por desastres. 9. Nombrar comisiones especiales encargadas de evaluar los reclamos que formulen los propietarios de bienes transferidos, requisados o intervenidos, por los daños y perjuicios como consecuencia directa y exclusiva de dicho procedimiento. 10. Considerar en la programación anual, los gastos que irroguen las fases de planeamiento y preparación de la movilización propiamente dicha y desmovilización, a fi n que sean previstos en su respectivo presupuesto institucional. Los gastos extraordinarios que demanden la fase de ejecución de la movilización nacional serán fi nanciados con cargo al presupuesto general de la república. 11. Establecer un programa de desarrollo de las industrias de interés para los fi nes de la movilización nacional y establecer los niveles de producción que los sectores productivos deben mantener. 12. Establecer y actualizar la normatividad general para la ejecución de los ejercicios de movilización nacional. 13. Mantener actualizado el Registro de Captación de Bienes y Servicios para la Movilización Nacional, proporcionado por el CCFFAA e INDECI. Artículo 23. Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Es el responsable de realizar el planeamiento, preparación, coordinación y conducción de los con fl ictos a través de las operaciones y acciones militares, siendo responsable de: 23.1. Dirigir, planear, coordinar y ejecutar la movilización nacional, en los ámbitos de su competencia de acuerdo a ley.23.2. Realizar los estudios de necesidades de movilización para situaciones de con fl ictos y remitir al MINDEF sus cuadros de necesidades de recursos materiales para la movilización nacional. 23.3. Formular el proyecto de directiva nacional de movilización para situaciones de emergencia ocasionadas por con fl icto, en base a la Directiva Nacional de Movilización, para su aprobación y difusión. 23.4. Remitir al Ministerio de Defensa, a través del órgano competente, la propuesta a la directiva nacional de movilización para situaciones de emergencia ocasionadas por con fl ictos a fi n que se evalúe y veri fi que su coherencia con la Directiva Nacional de Movilización, en forma previa a su aprobación por el MINDEF. 23.5. Remitir al Ministerio de Defensa, a través del órgano competente, la directiva nacional de movilización para situaciones de emergencia ocasionadas por con fl icto, aprobada por el MINDEF y distribuida a las Instituciones y Entidades componentes del SIDENA y SINAGERD. 23.6. Coordinar y solicitar la remisión de los proyectos de planes de movilización para situaciones de con fl icto elaborados por los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a fi n de verifi car su coherencia con la directiva nacional de movilización para situaciones de emergencia ocasionados por con fl ictos y los requerimientos de la Defensa Nacional; y otorgar la conformidad para su correspondiente aprobación. 23.7. Consolidar los planes de movilización para situaciones de con fl ictos aprobados por los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Locales. 23.8. Solicitar para su consolidación, a los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el empadronamiento de recursos humanos de las empresas públicas o privadas de su jurisdicción y el inventario de los recursos materiales en función a la actividad que realizan las unidades de producción o prestación de servicios, públicos o privados. Dicha labor se realiza a través de las OSDENA de cada institución y de acuerdo a los cuadros de necesidades de recursos establecidos en la directiva nacional de movilización para situaciones de emergencia ocasionadas por con fl icto. 23.9. Recepcionar y clasi fi car en la base de datos la información proporcionada por los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de los recursos empadronados e inventariados, para su consolidación y posterior remisión al MINDEF. 23.10. Formular y mantener actualizada la base de datos computarizada para situaciones de emergencia ocasionadas por con fl ictos, de las unidades de producción, unidades prestadoras de servicios y bienes disponibles en los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas públicas o privadas. 23.11. Establecer normas y disposiciones complementarias para el registro, clasi fi cación y distribución de la reserva de las Instituciones Armadas en caso de movilización nacional por situaciones de emergencia ocasionadas por con fl icto. 23.12. Aprobar la designación del representante del CCFFAA que ejercerá la presidencia de las comisiones de requisición y comisiones de intervención para la captación de bienes y servicios para situaciones de con fl ictos, así como el representante a dichas comisiones para situaciones de desastres. 23.13. Evaluar los proyectos de planes de movilización nacional de las Fuerzas Armadas (FFAA) y veri fi cación de la coherencia del plan de movilización de la Policía Nacional del Perú (PNP) para situaciones de emergencia ocasionadas por con fl ictos, para su posterior aprobación por el respectivo Comando Institucional. 23.14. Conducir el proceso de la movilización propiamente dicha y de la desmovilización en situaciones de emergencia ocasionadas por con fl ictos, en el ámbito de su competencia. 23.15. Planear, preparar y conducir la movilización nacional para casos de con fl icto, así como la participación de las Fuerzas Armadas en situaciones de emergencia ocasionadas por desastres, a requerimiento de INDECI. 23.16. Proponer y conducir los ejercicios de movilización a nivel nacional para casos de con fl icto;