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37 NORMAS LEGALES Sábado 12 de febrero de 2022 El Peruano / promover, establecer y desarrollar una Red Nacional de Información Cientí fi ca que permita la obtención de la información necesaria en CTI; Que, agrega, que según el artículo 8 de la Resolución de Presidencia Nº 018-2020-CONCYTEC-P, el “Comité del Portal SciELO Perú” tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, el cual podrá ser prorrogado a solicitud de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento; Que, re fi ere que en la Vigésima Política de Estado del Acuerdo Nacional “Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología”, se establece el compromiso de fortalecer la capacidad del país, a fi n de generar y utilizar conocimientos cientí fi cos y tecnológicos, por lo que señala que resulta viable legalmente la emisión de la resolución que prorrogue la vigencia del “Comité del Portal SciELO Perú”, lo cual permitirá continuar con la difusión del conocimiento cientí fi co; Que, señala que en virtud de lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; además, conforme al numeral 7.1 del artículo 17 de la citada norma, es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen las normas de orden público ni afecte a terceros; Que, asimismo, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a lo citado en el considerando anterior, emite opinión legal favorable para la emisión de la resolución que prorrogue con e fi cacia anticipada al 31 de diciembre de 2021, la vigencia del “Comité del Portal SciELO Perú” hasta el 30 de junio de 2023; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Directora de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento, del Jefe (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la Ley Nº 28303, Ley marco del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), modi fi cada por la Ley Nº 30806, que modi fi ca diversos artículos de la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y de la Ley Nº 28613, Ley del CONCYTEC, y el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prorrogar, con e fi cacia anticipada al 31 de diciembre de 2021, la vigencia del “Comité del Portal SciELO Perú”, creado mediante Resolución de Presidencia Nº 018-2020-CONCYTEC-P, hasta el 30 de junio de 2023. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento y a la Sub Dirección de Gestión de la Información y Conocimiento del CONCYTEC, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC (www.gob.pe/concytec), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 2038817-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA REGIONAL Nº 000001-2022-SUNAT/7M0000 DESIGNAN AUXILIAR COACTIVO DE LA INTENDENCIA REGIONAL LORETO Punchana, 8 de febrero de 2022CONSIDERANDO:Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Articulo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de la competencia de cada Intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 y del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014-SUNAT y normas modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto, al trabajador que se indica a continuación: REG DNI APELLIDOS NOMBRES 8800 45303371 RAYGADA CHAVEZ DIEGO MARTIN Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO VASQUEZ LOZANO IntendenteIntendencia Regional Loreto 2038351-1 Designan Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS N° 000006-2022-SUNAT/700000 DESIGNA EJECUTOR COACTIVO DE LA INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA Lima, 9 de febrero de 2022