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10 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de febrero de 2022 El Peruano / e) Resolver los contratos de bienes, servicios y ejecución de obras por las causales reguladas en la normativa de Contrataciones del Estado, comprendiendo las actuaciones previas para llegar a dicha determinación. f) Autorizar las contrataciones complementarias para bienes y servicios en general. g) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales, excepto para el caso de obras, hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto contractual original, siempre que se cumplan con las condiciones legales para proceder con dicha autorización. h) Aprobar la reducción de prestaciones hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto contractual original. i) Aprobar las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos derivados de los procedimientos de selección. j) Aprobar la cancelación en forma total o parcial de los procedimientos de selección. k) Aprobar las liquidaciones de los contratos de ejecución y supervisión de obra, previo informe favorable de la Dirección de Operaciones. l) Autorizar la participación de expertos independientes o de otras entidades en los Comités de Selección en los supuestos previstos por la normativa de Contrataciones del Estado. m) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por la normativa de Contrataciones del Estado. n) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y cualquier otro acto vinculados a los procedimientos de selección que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas (Perú Compras) y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario formular ante otras entidades, vinculadas a las Contrataciones del Estado. o) Ejercer la representación legal del ITP ante las entidades fi nancieras, para hacer efectiva la ejecución de garantías presentadas por los contratistas, entre estas las referidas a las cartas fi anza. p) Aprobar y modi fi car el Cuadro Multianual de Necesidades al que hace referencia la Directiva N° 005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01. 4.2 En materia Administrativaa) Suscribir contratos, adendas y cualquier otro acto relacionado con los fi nes de la institución siempre que se encuentren enmarcados en las funciones propias o delegadas de la O fi cina de Administración. Dicha facultad comprende también la de emitir resoluciones referidas al reconocimiento de deudas distintas a operaciones de endeudamiento público, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. En dichos casos, dispondrá el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan, poniendo en conocimiento los hechos a la Secretaría Técnica de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos. b) Aprobar las solicitudes de alta y baja de bienes inmuebles y demás actos administrativos que se deriven de los mismos, previa opinión favorable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, cuando corresponda. c) Autorizar la impresión a color en casos debidamente justifi cados en el marco del Decreto Supremo N° 050- 2006-PCM y modi fi catorias. d) Aprobar la provisión para cuentas de cobranza dudosa, así como el castigo de dichas cuentas, de acuerdo a la normatividad vigente. e) Ejercer la representación legal ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. f) Realizar todo tipo de solicitudes, actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP destinados a inscribir, oponerse a la inscripción o, en general cualquier otro tipo de actuaciones destinadas al registro de derechos de titularidad del ITP sobre bienes muebles o inmuebles; incluyendo, la modi fi cación y recti fi cación de partidas registrales, entre otros. g) Supervisar y controlar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la entidad de acuerdo a las disposiciones presupuestales vigentes y normas complementarias. h) Suscribir en representación del ITP los contratos, convenios y documentos con las entidades fi nancieras en lo relacionado al manejo de cuentas bancarias del ITP y a los servicios que dichas entidades brindan. Artículo 5.- Delegación de facultades en el/la Jefe/a de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, las siguientes facultades: 5.1 En materia de Suscripción de Convenios y Contratos a) Suscribir convenios, contratos y cualquier otro acto relacionado con los fi nes de la Entidad y sus respectivas adendas, con entidades públicas y privadas, vinculadas con la gestión de recursos humanos, distintos de los contratos derivados de los procedimientos de selección. b) Suscribir contratos administrativos de servicios (CAS) y sus respectivas adendas, y demás actos y/o documentos derivados del Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, de la Ley N° 29849 y demás normatividad sobre la materia. 5.2 En materia Laborala) Ejercer la representación legal ante el Seguro Social de Salud – ESSALUD, a fi n de gestionar las prestaciones económicas a favor de los servidores e intervenga con facultades plenas en los procedimientos y diligencias vinculadas a la seguridad social ante dicha entidad. b) Ejercer la representación legal ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, a efectos a que intervenga con facultades plenas en las diligencias relacionadas con las inspecciones de trabajo que versen sobre temas laborales, así como denuncias y gestiones de índole laboral. c) Ejercer la representación legal ante la O fi cina de Normalización Previsional – ONP y ante las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP, a efectos de que intervenga con facultades plenas en los procedimientos previsionales y, en general, en los procedimientos que se encuentren vinculados a las aportaciones y fondos de pensiones correspondientes a los servidores. d) Ejercer la representación legal ante cualquier entidad pública y privada interviniendo con facultades plenas en los procedimientos que tengan vinculación directa con el Sistema de Gestión de Recursos Humanos y con sus subsistemas. Artículo 6.- Delegación de facultades en el/la Director/a de la Dirección de Operaciones Delegar en el/la Director/a de la Dirección de Operaciones la representación legal a fi n de ejercer las siguientes facultades: 6.1 En materia de Contrataciones del Estado e Inversión Pública a) Aprobar y modi fi car los expedientes técnicos de obras y documentos equivalentes de los proyectos de inversión pública declarados viables, a través de actos resolutivos. b) Designar a los comités de recepción de obra.c) Suscribir las comunicaciones dirigidas a los supervisores de obra y contratistas ejecutores de obra sobre: (i) Autorizaciones de cambio de residentes de obra, supervisores de obra y/o personal clave; (ii) Absolución de consultas y observaciones formuladas en relación con el expediente técnico; (iii) Aprobación del calendario de obra; inicio, estado y avance de obra;