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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (23/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de febrero de 2022 El Peruano / Santillán, sin la intervención de la señora Medina Jiménez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de marzo de 2022, la ejecución de las siguientes disposiciones administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Lima y Puno: 1.1 Abrir turno al 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados del Distrito y Provincia de Huaraz, Distrito Judicial de Ancash, por un periodo de tres meses. 1.2 Cerrar turno al 3º Juzgado de Paz Letrado Distrito y Provincia de Huaraz, Distrito Judicial de Ancash, por un periodo de tres meses. 1.3 Cerrar el turno del 1º, 2º y 6º Juzgados de Paz Letrados de los Distritos de Surco y San Borja, Distrito Judicial de Lima, por un periodo de tres meses. 1.4 Ampliar la competencia funcional de la Sala Mixta Descentralizada del Distrito y Provincia de Huancané, Distrito Judicial de Puno, para el trámite de los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP), por un periodo de tres meses. 1.5 Cerrar el turno del 1º Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Jesús María, Distrito Judicial de Lima, por un periodo de tres meses. 1.6 Cerrar el turno del 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados de los Distritos de Pueblo Libre y Magdalena, Distrito Judicial de Lima, por un periodo de tres meses. Artículo Segundo.- Disponer que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Azángaro, Corte Superior de Justicia de Puno, asigne aleatoriamente al Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Asillo, de la referida provincia y Corte Superior, la cantidad de 150 expedientes en etapa de trámite, continuando este último con su labor de itinerancia al Distrito de Azángaro. Artículo Tercero.- Desestimar las siguientes solicitudes efectuadas por las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Junín y Lima Este: 3.1 La creación de la 2º Sala Civil Permanente de la Provincia de Huancayo. 3.2 La ampliación de la competencia funcional del 1º y 2º Juzgados Civiles del Distrito de El Agustino, para el trámite de los procesos de familia del referido distrito. 3.3 La redistribución de los expedientes en etapa de ejecución derivados de los procesos de violencia familiar (cuadernos de ejecución), de los Juzgados Civiles de las Provincias de Camaná e Islay hacia los Juzgados de Familia sub especializados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de las respectivas provincias. Artículo Cuarto.- Establecer que la O fi cina de Control de la Magistratura programe una acción de control en los siguientes órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco, La Libertad, Lima, Lima Este y Puno, debido a que al mes de noviembre de 2021 han presentado un bajo nivel resolutivo, generando avances de meta con retrasos mayores a los tres meses: 4.1 Sala Mixta Descentralizada del Distrito de Huamachuco, Provincia de Sánchez Carrión, Distrito Judicial de La Libertad, el cual alcanzó un avance de meta del 68%. 4.2 4º Juzgado de Paz Letrado Mixto del Distrito y Provincia de Huánuco, Distrito Judicial del mismo nombre, el cual alcanzó un avance de meta del 57%. 4.3 5º Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Surco y San Borja, Distrito Judicial de Lima, el cual alcanzó un avance de meta del 40%. 4.4 1º Juzgado Civil del Distrito de El Agustino, Distrito Judicial de Lima Este, el cual alcanzó un avance de meta del 61%. 4.5 3º Juzgado de Familia del Distrito de San Juan de Lurigancho, Distrito Judicial de Lima Este, el cual alcanzó un avance de meta del 57%. 4.6 Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Macusani y Provincia de Carabaya, Distrito Judicial de Puno, el cual alcanzó un avance de meta del 44%. Artículo Quinto.- Disponer que las O fi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, La Libertad, Lima, Lima Este y Puno realicen acciones de control en los siguientes órganos jurisdiccionales, al haber alcanzado avances de meta al mes de noviembre de 2021 con retraso mayor de dos y menos de tres meses; debiendo informar, en un plazo no mayor a veinte días, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre el resultado de dichas acciones: 5.1 2º y 5º Salas Laborales del Distrito y Provincia de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, las cuales alcanzaron unos avances de meta del 80% y 81%, respectivamente. 5.2 1º, 2º y 3º Juzgados de Paz Letrados del Distrito y Provincia de Huaraz, Distrito Judicial de Ancash, los cuales alcanzaron unos avances de meta del 69%, 71% y 82%, respectivamente. 5.3 1º Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Surco y San Borja, Distrito Judicial de Lima, el cual alcanzó un avance de meta del 79%. 5.4 2º Juzgado Civil del Distrito de El Agustino, Distrito Judicial de Lima Este, el cual alcanzó un avance de meta del 69%. 5.5 Juzgado Mixto del Distrito de Macusani, Provincia de Carabaya, Distrito Judicial de Puno, el cual alcanzó un avance de meta del 75%. Artículo Sexto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este adopte las medidas pertinentes, a fi n que no se incremente la carga procesal en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Juzgados de Familia del Distrito de San Juan de Lurigancho; debido a que vienen resolviendo menos expedientes de los que ingresan. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia mencionadas; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2041738-4 Disponen la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000050-2022-CE-PJ Lima, 21 de febrero del 2022VISTO:El O fi cio Nº 000004-2022-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder