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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (25/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 120

120 NORMAS LEGALES Viernes 25 de febrero de 2022 El Peruano / disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal, entre otras. Asimismo, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 453/MDSM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 29 de diciembre de 2021, se aprueban incentivos tributarios por pronto pago de arbitrios del ejercicio 2022 en el distrito de San Miguel, precisando en su artículo 1º que dichos descuentos serán aplicables sobre el monto insoluto de arbitrios municipales de los meses de enero a diciembre de 2022, siempre que el pago se realice en su totalidad hasta el 28 de febrero de 2022; Que, en la cláusula primera de la Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales de la Ordenanza 453/MDSM, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para establecer su prorroga y su adecuada aplicación; Que, mediante memorando de vistos, la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, propone prorrogar la fecha de realización del pago total de arbitrios municipales señalado en el artículo 1º de Ordenanza Nº 453/MDSM, Ordenanza que aprueba incentivos tributarios por pronto pago de arbitrios del ejercicio 2022, hasta el 31 de marzo de 2022, atendiendo con ello las constantes sugerencias de los contribuyentes del distrito, otorgándoles mayores oportunidades y facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias; Que, a través del Informe de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable respecto a la prorroga antes señalada, precisando que la misma se ajusta a derecho; Que, asimismo, con memorando vistos, Gerencia Municipal, al haber tomado conocimiento de la propuesta de prórroga antes citada, remite la misma a fi n de que se prosiga con trámite correspondiente para su aprobación; Estando a lo expuesto y contando con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2022, la fecha de pago adelantado del total de arbitrios municipales señalado en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 453/MDSM, Ordenanza que aprueba incentivos tributarios por pronto pago de arbitrios del ejercicio 2022. Artículo 2º.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, a través de la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a Secretaria General en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe) Regístrese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 2042518-1 Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos, para la inclusión del tarifario de los Programas de Vacaciones Útiles y Talleres Deportivos y Recreativos 2022 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 081-2022 /MDSM San Miguel, 28 de enero de 2022EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el memorando N° 018-2022-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, el informe N° 010-2022-OAJ/MDSM, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica y el memorando N° 003-2022-OPP/MDSM, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO:Que, artículo 194° de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Leyes Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, artículo 195° de la Constitución Política del Perú, establece, entre otros, que las Municipalidades son componentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de adecuación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de recursos naturales, transporte colectivo, cultura, recreación, deporte y otros conforme a ley; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), es un documento de gestión, el cual brinda la posibilidad a la entidad de otorgar a los administrados servicios que pueden ser entregados por otras instituciones públicas siempre que no pertenezcan a sus funciones exclusivas o privadas, para satisfacer una demanda; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 380-2021/ MDSM, se Aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel, con la fi nalidad de consolidar el tarifario de los Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 847-2021/ MDSM, se Aprueba el Programa de Vacaciones Útiles 2022 de la Gerencia de Desarrollo Social, a través de la Subgerencia de Deporte y Recreación, así como la denominación de requisitos y costos de los servicios de la Subgerencia de Deporte y Recreación; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 848-2021/ MDSM, se Aprueba el Programa de Talleres Deportivos y Recreativos 2022 de la Gerencia de Desarrollo Social, a través de la Subgerencia de Deporte y Recreación, así como la denominación de requisitos y costos de los servicios de la Subgerencia de Deporte y Recreación.; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del documento de vistos, emite opinión favorable a la Modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, informe que contó con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por el artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipales; SE RESUELVE:Artículo 1°.- APROBAR la Modi fi cación del Texto Único de Servicio No Exclusivo, para la inclusión del tarifario de los Programas de Vacaciones Útiles y Talleres Deportivos y Recreativos 2022, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadadno.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía