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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (28/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 28 de febrero de 2022 El Peruano / personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando el Memorando N° 011-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.UM, emitido por la Unidad de Monitoreo, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional” y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, indicando la Unidad de Monitoreo que, se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 026-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP, de fecha 25 de febrero de 2022, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 1,666,234.09 (Un Millón Seiscientos Sesenta y Seis Mil Doscientos Treinta y Cuatro y 09/100 Soles), que corresponde a la fuente de fi nanciamiento: 1. Recursos Ordinarios, 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito y 5. Recursos Determinados; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos, según el siguiente detalle: i) Proyecto de Innovación para Microempresas (PIMEN), ii) Dinamización de Ecosistemas Regionales (DER), iii) Demanda de Servicios Tecnológicos-MIPYPE Productiva-Categoría 1 (ADTC1), iv) Concurso Ayuda a la Demanda de Servicios Tecnológicos-MIPYPE Productiva-Categoría 2 (ADTC2), v) Mipyme Digital (MD), vi) Concurso Bootcamps de Código-Fase II (BCCF2), vii) Concurso de Organización de Eventos (OEVR), viii) Proyectos de Innovación Empresarial-Categoría 1-Individual (PIEC1) y ix) Proyecto de Innovación Empresarial – Categoría 2 – Validación de la Innovación (PIEC2); Que, mediante proveído de fecha 25 de febrero de 2022, el director de la Coordinación de Gestión Institucional, solicita a la Unidad de Asesoría Legal que inicie las acciones correspondientes para la emisión de la resolución que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme lo descrito en los párrafos precedentes; Que, mediante Informe N° 026-2022-PRODUCE/ PROINNOVATE.UAL, de fecha 25 de febrero de 2022, la Unidad de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Unidad de Monitoreo, y previa verifi cación presupuestal por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, se ajusta al marco legal aplicable; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 145-2021-PRODUCE, N° 159-2021-PRODUCE y N° 460-2021-PRODUCE, y; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto ascendente a S/ 1,666,234.09 (Un Millón Seiscientos Sesenta y Seis Mil Doscientos Treinta y Cuatro y 09/100 Soles), en las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito y 5. Recursos Determinados, destinados a co fi nanciar los desembolsos de los proyectos, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional” y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM.Artículo 2.- Acciones AdministrativasLa Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 00216-2021-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente resolución, y el anexo citado en artículo 1° se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO AFUSO HIGA Director EjecutivoPrograma Nacional de DesarrolloTecnológico e Innovación 2042993-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el Año 2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2022-VIVIENDA Lima, 25 de febrero de 2022VISTOS:La Nota Nº 002-2022-VIVIENDA-OGPP-ST-CSTCF de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 048-2022-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 135-2022-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de la población; Que, el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, así como la Sétima Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, disponen que, para asegurar que el proceso de transferencias se realice en forma progresiva y ordenada, el Poder Ejecutivo constituirá Comisiones Sectoriales de Transferencia, las cuales propondrán los planes anuales de transferencia, hasta el último día útil del mes de febrero de cada año; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 295-2007-VIVIENDA, se constituye la Comisión