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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2022 (02/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Sábado 2 de julio de 2022 El Peruano / Ordenanza que aprueba el “Primer Campeonato Interterritorios Desafío en Fútbol en Villa El Salvador - MVES 2022” ORDENANZA Nº 466-MVES Villa El Salvador, 30 de junio del 2022POR CUANTO:VISTOS: El Memorando Nº 639-2022-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 171-2022-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 019-2022-GDIS/MVES de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social y el Informe Nº 157-2022-SGECDJ/MVES de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, sobre proyecto de Ordenanza que apruebe el “Primer Campeonato Interterritorios desafío en fútbol en Villa El Salvador - MVES 2022”, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico” ; Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.” ; así también el artículo 40º señala que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.(...).” ; Que, el artículo 73º de la norma precitada, establece las materias de competencia municipal, encontrándose entre ellos los siguientes: “2.3) Educación, cultura, deporte y recreación.” ; asimismo, en su artículo 82º se establece que: “Las Municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes: (...) 18) Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general, (...).” ; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 28036, Ley de promoción y desarrollo del deporte, de fi ne al deporte como: “Actividad física que se promueve como un factor importante para la recreación, la mejora de la salud, la renovación y desarrollo de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano, mediante la participación y sana competencia en todas sus disciplinas deportivas y recreativas.” ; Que, el Decreto Supremo Nº 003-2017-MINEDU, que aprueba la Política Nacional del Deporte, tiene como objetivo masi fi car el deporte, mejorando la calidad de vida de la sociedad; asimismo, su numeral 4.2.1), hace mención, que: “4.2.1) El deporte constituye un derecho humano y, como tal, es inherente a la dignidad de los individuos e indispensable para el desarrollo y formación integral de las personas. Toda persona, sin importar su condición social, económica, física o mental, debe tener el derecho a desarrollar sus facultades físicas, mentales y sociales por medio del deporte. Se debe garantizar el acceso a la práctica deportiva en todas las edades, estratos sociales y localidades del país; así como asegurar el desarrollo del deporte en igualdad de condiciones sin discriminación debido a raza, sexo, idioma, religión, condición física, mental, económica, geográ fi ca o social.” ; fi nalmente en su numeral 4.4.2) menciona que, entre los principales actores de la Política Nacional del Deporte, se encuentran los Gobiernos Locales, que ejercen: “(...). Su rol de normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación (...) del vecindario en general, (...) elaborando planes y programas de promoción y desarrollo en materia deportiva, recreativa y de educación física con la asistencia técnica del IPD.” ; Que, con Informe Nº 157-2022-SGECDJ-GDIS/ MVES la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, teniendo en consideración sus funciones establecidas en la Ordenanza Nº 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, propone la realización del Primer Campeonato Interterritorios desafío en fútbol en Villa El Salvador - MVES 2022, contando con dos (02) categorías: Categoría Adultos y Categoría Master, en el marco del 51º Aniversario de fundación del distrito de Villa El Salvador, precisando que la misma tendría como objetivo promover el deporte en los vecinos del distrito; asimismo, precisa que los premios serian pecuniarios, por lo cual cuentan con disponibilidad presupuestal otorgada con Memorando Nº 427-2022-OPP/MVES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; por ello, adjunta proyecto de Ordenanza y las Bases para cada una de las Categorías, precisando que no es necesaria la pre publicación por cuanto la norma tiene como fi nalidad estrechar los lazos de camaradería y promoción del deporte en el distrito de Villa El Salvador, encontrándose conforme a la excepción dispuesta en el numeral 3.2) del inciso 3) del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; asimismo, con Informe Nº 014-2022-GDIS/MVES, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, hace suya la propuesta; Que, con Informe Nº 171-2022-OAJ/MVES la O fi cina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración lo señalado por la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, que solicita la aprobación del proyecto de “Ordenanza para el desarrollo del “Primer Campeonato Interterritorios desafío en futbol en Villa El Salvador - MVES 2022”, la cual tiene por objetivo promover el deporte en los vecinos, brindando una premiación económica a los tres (03) Primeros Puestos de las Categorías Adultos y Máster; emite opinión legal precisando que resulta legalmente procedente la aprobación del mencionado proyecto de Ordenanza y las Bases, por lo que deberá ponerse en consideración del Concejo Municipal para su aprobación mediante Ordenanza Municipal, ello al amparo de lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, precisa que el proyecto de Ordenanza se encontraría dentro de las excepciones establecidas en el numeral 3.2) del inciso 3) del artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, siendo innecesaria la pre publicación; Que, con Memorando Nº 639-2022-GM/MVES, la Gerencia Municipal remite a la O fi cina de Secretaría General, los actuados administrativos respecto al proyecto de Ordenanza para “Primer Campeonato Interterritorios desafío en fútbol en Villa El Salvador - MVES 2022” y sus Bases, a fi n de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.20) del artículo 14º de la Ordenanza Nº 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de: “Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal” ; Estando a los informes señalados en los considerandos precedentes, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y