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23 NORMAS LEGALES Domingo 3 de julio de 2022 El Peruano / conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley y en mérito a lo opinado por la Dirección de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la Obra y su respectivo valor de tasación; De con formidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la carretera Cajamarca – Celendín – Balsas, Tramo: Km. 52+000 – Celendín” y el valor de la Tasación, ascendente a S/ 8 770,39 (OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA CON 39/100 SOLES) correspondiente al código CLD-T-260, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Ú nico Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MAURO BARRANZUELA QUIROGA Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO N°SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALLuz Emérita Chacón Guevara Vda. de Sánchez Santos Dianira Sánchez Chacón Francisco Javier Sánchez Chacón Maria Herlinda Sánchez Chacón de Montoya Juanita Hermila Sánchez Chacón Héctor Alcibiades Sánchez Chacón Hilda Esperanza Sánchez Chacón Ananias Proel Sánchez Chacón Eliseo Arsecio Sánchez ChacónCÓDIGO: CLD-T-260 AREA AFECTADA: 887.76m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 8 770,39LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:NORTE: Con un camino carrozable y posteriormente con la UC 021322, con 8.31m.SUR: Con la UC 021424, con 9.85m.ESTE: Con el área remanente del mismo predio, con 110.50m.OESTE: Con la carretera Cajamarca - Celendín - Balsas, con 120.34m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice Lado DistanciaWGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 110.50 814121.7894 9236306.3134 B B-C 2.12 814204.6738 9236233.2273 C C-D 3.34 814204.4600 9236231.1176 D D-E 1.86 814204.2700 9236227.7877 PARTIDA REGISTRAL N° 02259176- Ofi cina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL N° 2020-1629031 de fecha 13.07.2020E E-F 2.53 814203.3200 9236226.1877 F F-G 6.89 814201.7300 9236224.2177 G G-H 4.56 814196.1401 9236228.2377 H H-I 5.56 814192.7801 9236231.3276 I I-J 5.49 814189.3002 9236235.6676 J J-K 12.44 814185.4602 9236239.5876 K K-L 21.03 814175.9504 9236247.6075 L L-M 12.97 814160.0706 9236261.3974 M M-N 20.20 814151.1308 9236270.7873 N N-O 31.20 814136.2010 9236284.3971 O O-P 6.24 814113.5014 9236305.7969 P P-A 2.07 814119.7213 9236306.1569 2082618-1