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90 NORMAS LEGALES Viernes 8 de julio de 2022 El Peruano / personeros de las organizaciones políticas y candidatos, de ser el caso, dentro de los dos (2) días calendario después del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público, el cual debe realizarse luego de vencido el plazo para el retiro de fórmula o lista de candidatos previsto en la presente ley” ; En consideración a lo antes señalado, mediante Resolución Jefatural N° 002154-2022-JN/ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 15 de junio de 2022, se aprobaron y publicaron las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2022” y las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las fórmulas de Candidatos en la Cédula de Sufragio de la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, correspondiente a las Elecciones Regionales 2022”; las cuales fueron presentadas en acto público el 16 de junio de 2022, en este acto el representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, el JNE), recomienda realizar precisiones a las instrucciones antes señalados; Teniendo en cuenta lo establecido en el literal c) del artículo 70 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y adecuado por Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, señala que ha incorporado las sugerencias formuladas por el representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE; razón por la cual, propone a la Gerencia General la aprobación de manera de fi nitiva de las instrucciones antes referidas; Por otra parte, la Secretaría General del JNE mediante el O fi cio N° 08127-2022-SG/JNE, fi rmado con fecha 29 de junio de 2022, hace de conocimiento que no se han recibido impugnaciones contra las instrucciones antes señaladas, aprobadas mediante la Resolución Jefatural N° 002154-2022-JN/ONPE; De acuerdo con lo expuesto, la Gerencia General, mediante el documento de vistos, presenta a la Jefatura Nacional la propuesta del instructivo antes referido, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los literales g) y h) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; así como en el literal m) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y adecuado por Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Gestión Electoral; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar de manera de fi nitiva el documento denominado “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2022”, el cual consta de siete (7) artículos y que, como Anexo N° 1, forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar de manera de fi nitiva el documento denominado “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de la fórmula de Candidatos en la Cédula de Sufragio para la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional 2022”, el cual consta de cinco (5) artículos y que, como Anexo N° 2, forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, el sorteo de ubicación de las Organizaciones Políticas se realizará utilizando el sistema convencional o manual, que consiste en extraer manualmente los bolillos de una urna o bolillero. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y de los personeros de las Organizaciones Políticas participantes, el contenido de la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional, www.onpe. gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe ANEXO Nº 1 INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE UBICACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO DE LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 Artículo 1º.- Etapas del sorteo El sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, se realizará simultáneamente para: a) Sorteo de partidos políticos. b) Sorteo de movimientos regionales. En el caso que no se haya inscrito ningún Movimiento Regional no se realizará el sorteo respectivo y se emitirá el acta de acuerdo a lo establecido en el artículo 7° de estas instrucciones. Artículo 2º.- Sedes y responsables del sorteo Los sorteos mencionados en el artículo anterior se realizarán en las siguientes sedes: a) El sorteo de partidos políticos se llevará a cabo en la sede central de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE. Este evento será organizado por la Gerencia de Gestión Electoral, en coordinación con la Gerencia de Información y Educación Electoral. b) El sorteo de ubicación de los movimientos regionales se realizará en las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, ubicadas en las capitales de departamento, en la Sede de la ODPE de la Provincia Constitucional del Callao y en la Sede de la ODPE Huaura. Este acto público estará a cargo del Jefe de la ODPE o a quien se designe en su representación. Artículo 3º.- Actividades preparatorias Previamente al sorteo, la Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE y las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, según corresponda, con fi rmarán la presencia de un Notario Público, del representante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) o del Jurado Electoral Especial (JEE), del representante Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) e invitarán a los representantes de la Defensoría del Pueblo, Observadores, Instituciones de Veeduría y Personeros de las Organizaciones Políticas participantes, de acuerdo a la información remitida por la Gerencia de Gestión Electoral. Artículo 4°.- Organizaciones políticas consideradas en el sorteo Serán consideradas en el sorteo de ubicación todas las organizaciones políticas con inscripción vigente y que han presentado lista de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Las organizaciones políticas que han sido incluidas para el sorteo y que, por cualquier circunstancia no logren la inscripción de su lista de candidatos, no serán consideradas en la cédula de sufragio, sin que esta situación afecte el resultado del referido sorteo. Artículo 5º.- Sorteo de ubicación de los partidos políticos y de los movimientos dentro de los bloques respectivos: El sorteo de ubicación de los partidos políticos y de los movimientos regionales en los bloques correspondientes de las cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, se realizará de acuerdo a los pasos siguientes: