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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2022 (13/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de julio de 2022 El Peruano / Objetivos priorizadosIndicador Logro al 2030Lineamientos Servicios Receptor Proveedor L 3.4 Desarrollar marcos legales y programáticos para la sostenibilidad de la producción y circulación bibliodiversa.Este lineamiento no se implementa a través de servicios bajo la definición de la Guía de Políticas Nacionales sino a través del desarrollo de acciones y estrategias normativas y comunicacionales. L 3.5 Desarrollar acciones orientadas a la circulación y posicionamiento en el ámbito nacional de la creación y producción bibliodiversa.S 3.5.1 Otorgamiento de incentivos económicos y no económicos para estimular y difundir la producción y creación bibliodiversaPoblación en generalMinisterio de Cultura S 3.5.2 Otorgamiento de incentivos económicos para estimular la traducción de lenguas extranjeras al castellano, del castellano a lenguas originarias y de lenguas originarias al castellano, así como la publicación y distribución de libros de autoras y autores nacionales Traductoras/ es, editoriales independientes, libreras/os y agentes culturalesMinisterio de Cultura S 3.5.3 Organización de ferias del libro para la sostenibilidad de la circulación libros y productos editoriales a finesEditoriales independientes peruanasMinisterio de Cultura Elaboración: Dirección del Libro y la Lectura – Ministerio de Cultura, 2021. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN El seguimiento y la evaluación de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 se llevarán a cabo por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) o el que haga sus veces en el Ministerio de Cultura, o fi cina encargada del planeamiento estratégico sectorial del ministerio, en articulación con la Unidad de Estudios Económicos o el que haga sus veces en la entidad, responsable de la generación y conducción de la evidencia y la evaluación de las políticas públicas del sector cultura. En el marco de la implementación de sus políticas nacionales, el Ministerio de Cultura implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación de políticas. Este consiste en un sistema de información consistente, oportuno y de calidad, que recoja información de todos los niveles de la cadena de valor de los resultados de las Políticas Nacionales; de un modelo de control de gestión permanente, sistémico y continuo, que genere alertas sobre el avance en el cumplimiento de las metas y los objetivos; de la evaluación de los impactos de las intervenciones de la Política, y de la incorporación y el seguimiento de las recomendaciones derivadas del monitoreo y la evaluación para una mejora continua. SeguimientoEl Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales realiza el proceso de seguimiento de la Política de acuerdo con las pautas metodológicas establecidas en la guía para el seguimiento y la evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN (proceso, estructura de reporte, pautas y cronograma (CEPLAN, 2021. Posteriormente, la misma será remitida a la OGPP, en su versión fi nal para el registro y/o veri fi cación de la información en el Aplicativo CEPLAN. Este proceso se cumple cuando la OGPP o el que haga sus veces en el Ministerio de Cultura realiza la emisión del Reporte de Seguimiento del Aplicativo CEPLAN de acuerdo con la información remitida. Además, asegura su publicación en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) del Ministerio de Cultura y remite el reporte a los titulares de los ministerios intervinientes en la Política. EvaluaciónLa Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 será evaluada en cuanto a su diseño, implementación y resultados a través de las siguientes evaluaciones: a) Evaluaciones de diseño. Implica la evaluación del CEPLAN sobre la coherencia interna y externa de la Política Nacional del Libro, la Lectura y las Bibliotecas al 2030. b) Evaluaciones de implementación. Es liderada por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o el que haga sus veces en el Ministerio de Cultura y se realiza de manera anual hasta el 31 de mayo. Consiste en la evaluación de la implementación a nivel nacional, regional y local a través de los instrumentos de gestión del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico: PESEM, PDC, PEI y POI. c) Evaluación de resultados. “Consiste en analizar los cambios entre la situación inicial y fi nal de cada año de los objetivos prioritarios establecidos en la política nacional a través de sus indicadores. De esta manera, es posible conocer los alcances, las limitaciones y las oportunidades de mejora de la política nacional” (CEPLAN, 2018, p. 46). La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) o el que haga sus veces es la encargada de implementar esta evaluación, gracias a la remisión de un informe anual que contiene el análisis contextual, el análisis del cumplimiento de los logros esperados, y la propuesta para mejorar el desempeño de los indicadores. d) Reporte de cumplimiento. De acuerdo con el artículo 25 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº029-2018- PCM, se presenta un reporte anual de cumplimiento hacia el 30 de abril de cada año que incluye las evaluaciones de la implementación y de los resultados descritos anteriormente. Por otro lado, los resultados de los próximos Censos de Población y Vivienda podrían motivar la actualización de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas, previo informe que lo sustente. Vale precisar que a partir de la Encuesta Nacional de Lectura 2022, en el marco de la Ley Nº 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el Libro, en su segunda disposición complementaria fi nal, que se aplicará durante el primer semestre del año 2022, se prevé obtener información para aquellos objetivos y servicios que no cuenten con línea de base, valor actual y/o logros esperados en sus indicadores. Asimismo, serán evaluados de manera cuantitativa, cuando se implementen los instrumentos necesarios para su medición. Cabe precisar que la Dirección del Libro y