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30 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de julio de 2022 El Peruano / instituciones públicas articuladas en el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, desarrollen contenidos vinculados a la sensibilización, prevención, atención, protección, sanción y reeducación para la erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; Que, de acuerdo al numeral 123.2 del artículo 123 del Reglamento de la Ley Nº 30364, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprueba lineamientos para velar el cumplimiento de las obligaciones de los medios de comunicación establecidas en la Ley; Que, cabe señalar que de acuerdo al artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la ley, para lo cual las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a información, conforme a ley; Que, de acuerdo al principio de participación contemplado en el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa, salvo aquellas que afectan la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente sean excluidas por ley; y, extender las posibilidades de participación de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusión, el servicio de acceso a la información y la presentación de opinión; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario O fi cial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, a su vez, el literal b) del numeral 5.1 del acápite V de la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 “Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018 MTC/01, establece que mediante Resolución Ministerial publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles; asimismo, el numeral 6.2.3 de la referida directiva establece que, tratandose de proyectos normativos de rango igual o superior a una Resolución Viceministerial, la publicación se aprueba a través de una Resolución Viceministerial; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante Informe Nº 288-2022-MTC/26.02, recomienda la publicación del Proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba los “Lineamientos para el cumplimiento de las obligaciones de los medios de comunicación establecidas en la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, por diez (10) días hábiles, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 0658-2021-MTC/01; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 “Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01;SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del Proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba los “Lineamientos para el cumplimiento de las obligaciones de los medios de comunicación establecidas en la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, (www.gob.pe/mtc), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Viceministerial a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Viceministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos No. 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección gtorrest@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese VIRGILIO FREDY TITO CHURA Viceministro de Comunicaciones PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES “Resolución Viceministerial que aprueba los Lineamientos para el cumplimiento de las obligaciones de los medios de comunicación establecidas en la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar” El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del Proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba los “Lineamientos para el cumplimiento de las obligaciones de los medios de comunicación establecidas en la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, a fin que remitan sus opiniones, comentarios y/o sugerencias por escrito a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones al Jr. Zorritos Nº 1203 - Cercado de Lima, con atención al señor Giancarlo Torres Toledo, o vía correo electrónico a gtorrest@mtc.gob.pe, dentro del plazo de diez días hábiles, de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al proyecto de norma: Artículo del Proyecto Normativo Comentarios Artículo 1º Comentarios Generales 2085212-1 Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Áncash RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 062-2022-MTC/03 Lima, 5 de julio de 2022