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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2022 (13/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de julio de 2022 El Peruano / La Resolución de Consejo Directivo Nº 111-2018-SUNEDU/CD del 10 de setiembre de 2018, que aprueba el Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado, y sus modi fi catorias 2, (en adelante, Reglamento de Cese). Mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, entre otros, modi fi có los artículos 15, 26, 27 y 28 e incorporó los artículos 29, 30 y 31 del Reglamento de Licenciamiento. Asimismo, estableció los escenarios para la modi fi cación de licencia institucional 3, consignando los requisitos aplicables para cada uno de ellos, así como los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables. Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, los numerales 4 y 8 del Texto Único del Procedimiento Administrativo de la Sunedu 4 y los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento5. El 9 de diciembre de 2021, mediante Anexo Nº 2 Formato de Solicitud de Modi fi cación Licencia Institucional6, la Universidad presento una SMLI, por medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, referida a: (i) la creación de un (1) local 7, (ii) al cambio de locación por traslado de oferta académica de un (1)8 programa de estudios conducente a grado académico de bachiller y título profesional en la modalidad presencial; y, (iii) al desistimiento (cese voluntario) de un (1) local licenciado, de conformidad con los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento y al Reglamento de Cese. El 19 de enero de 2022 mediante O fi cio Nº 0029-2022-SUNEDU-02-12, se requirió a la Universidad incorporar a la documentación presentada los requisitos establecidos en el literal b) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, para lo cual, se le otorgó el plazo de diez (10) días hábiles. Ante ello, el 2 de febrero de 2022, mediante O fi cio Nº 0227-2022-SG- UNSA 9, la Universidad solicitó una prórroga para subsanar las observaciones efectuadas mediante Ofi cio Nº 0029-2022-SUNEDU-02-12. En atención a ello, el 4 de febrero de 2022, mediante O fi cio Nº 0069-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic le concedió un plazo improrrogable de diez (10) días hábiles adicionales al inicialmente otorgado. El 15 de febrero de 2022, mediante O fi cio Nº 0099-2022-R-UNSA 10, la Universidad remitió información con el objetivo de levantar las observaciones noti fi cadas mediante O fi cio Nº 0029-2022-SUNEDU-02-12 y adjuntó el Anexo Nº 2 Formato de Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional, actualizado. El 25 de febrero de 2022, se noti fi có a la Universidad el Ofi cio Nº 0124-2022-SUNEDU-02-12, a través del cual la Dilic remite la Resolución de Trámite Nº 2 del 24 de febrero de 2022, en la cual se resuelve declarar admisible la SMLI presentada por la Universidad. El 6 de abril de 2022, mediante O fi cio Nº 0234-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Universidad el Informe de Observaciones Nº 014-2022-SUNEDU-DILIC-EV, el mismo que detalla las observaciones y precisiones a la SMLI presentada. A tal efecto se le otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para que presente la información requerida. Asimismo, el 21 y 22 de abril de 2022 mediante Ofi cio Nº 0781-2022-SG-UNSA 11, la Universidad solicitó ampliación de plazo por diez (10) días hábiles para subsanar las observaciones a su SMLI, la cual fue atendida mediante O fi cio Nº 0271-2022-SUNEDU-02-12 noti fi cado el 26 de abril de 2022. El 6 de mayo de 2022 mediante O fi cio Nº 0300-2022-R-UNSA 12, la Universidad remitió información con el objetivo de levantar las observaciones noti fi cadas mediante O fi cio Nº 0234-2022-SUNEDU-02-12. El 26 de mayo de 2022, mediante el O fi cio Nº 0358-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite Nº 4, mediante la cual se resolvió realizar los días 2 y 3 de junio una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP). En ese sentido, se llevó a cabo la DAP en la fecha programada, vía plataforma Microsoft Teams, donde se solicitó y recabó documentación en el marco de su SMLI. El 7 de junio de 2022, mediante O fi cio Nº 0383-2022-SUNEDU-02-12, se le noti fi có a la Universidad las Actas de inicio 13 y fi n14 de la DAP, la copia del Anexo 1 del Acta de fi n de DAP y los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales realizados durante la referida Actividad. El 10 de junio de 2022, mediante O fi cio Nº 0389-R-UNSA 15, la Universidad solicitó se tenga en consideración aspectos vinculados a la presentación de información solicitada en la DAP. En atención a ello, el 21 de junio de 2022, mediante O fi cio Nº 0422-2022-SUNEDU-02-12 se brindó respuesta a la Universidad, indicándosele que, toda información que presente, previo a resolver, será materia de análisis en el marco de su SMLI. El 15 de junio de 2022, mediante O fi cio Nº 0391-2022-R-UNSA 16, la Universidad remitió de manera extemporánea información solicitada en el marco de la DAP, e indicó mediante Formato de Licenciamiento A2, que el área del local F03L05, de la fi lial Islay, para fi nes de licenciamiento es de 8,049.74 m2, y se encuentra ubicado en los Lotes 02, 03, 04, 05, 06, 07 de la Manzana C -Zona industrial de Mollendo, distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa. En atención a ello, el 21 de junio de 2022, mediante O fi cio Nº 0417-2022-SUNEDU-02-12 se noti fi có Resolución de Trámite Nº 5, del 20 de junio de 2022, la cual resolvió suspender el cómputo del plazo por diez (10) días hábiles. El 20 junio y 1 de julio de 2022, a través de la Resolución de Trámite Nº 6 y Nº 7, respectivamente, se resolvió incorporar al expediente administrativo 17, la documentación remitida por la Universidad al correo institucional: licenciamiento.info@sunedu.gob.pe; los días 30, 31 de mayo, 1 y 23 de junio del 2022. Finalmente, corresponde indicar que durante el procedimiento de modi fi cación de licencia se llevaron a cabo siete (7) reuniones 18 entre la Dilic y representantes de la Universidad, en las que se le informaron aspectos relacionados a su SMLI. Mediante el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Nº 027-2022-SUNEDU-02-12 del 5 de julio de 2022, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la modi fi cación de licencia referida y reconocer: i) la creación de un (1) local; (ii) el cambio de locación por traslado de oferta académica de un (1) programa de estudio conducente a grado académico de bachiller y título profesional en la modalidad presencial; y, (iii) el desistimiento (cese voluntario) de un (1) local licenciado, de conformidad con los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento y al Reglamento de Cese. La Universidad cuenta con normativa vigente para los procesos de admisión y obtención del grado académico de Bachiller y Título Profesional, alineado a la Ley Universitaria. Asimismo, posee un Plan Curricular para el programa de Administración (P01), que cumple con las disposiciones de la Ley Universitaria respecto a la organización curricular y académica de los programas de pregrado. Además, dispone de sistemas de información que brindan soporte a los procesos internos de gestión y servicios académicos. La Universidad justi fi có la creación del local (F03L05) que cuenta con ambientes para el desarrollo del programa de Administración (P01). Adicionalmente, presentó la problemática y la población objetivo delimitada. La Universidad evidenció poseer derecho de uso y el uso exclusivo del nuevo local F03L05, donde brindará el servicio académico del programa de Administración (P01). Disponiendo de infraestructura, equipamiento y mobiliario. Asimismo, de la evaluación efectuada, se estima que al semestre 2026-II, estaría contando con disponibilidad horaria para el uso de aulas y el taller en el nuevo local F03L05, para brindar la oferta del programa de Administración (P01). Contando también con presupuesto y un plan de mantenimiento para garantizar