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22 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de julio de 2022 El Peruano / Mejía, Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos, quien suscribió el 8 de julio de 2022 en Washington, D.C., el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la celebración del Quincuagésimo Segundo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE, con el que se adecúan ciertas normas nacionales sobre el otorgamiento de Plenos Poderes al derecho internacional contemporáneo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Delegar con e fi cacia anticipada al 8 de julio de 2022 al señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República Harold Winston Forsyth Mejía, Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos, las facultades su fi cientes para que suscriba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la Celebración del Quincuagésimo Segundo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General”. Artículo 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes en vía de regularización al señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República Harold Winston Forsyth Mejía, Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2088125-6 Modifican el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 194-2021-RE, respecto a la jurisdicción consular del Consulado General del Perú en Nagoya, Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 092-2022-RE Lima, 19 de julio de 2022VISTOS:El Decreto Supremo Nº 041-2022-RE, que modi fi có el Decreto Supremo Nº 082-2006-RE, que fi jó la circunscripción consular del Consulado General del Perú en Nagoya, Japón; y el Memorándum (CON) Nº CON00947/2022 de la Dirección de Política Consular, de 8 de julio de 2022; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 194-2021- RE, se nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Alfredo Espinoza Aguilar como Cónsul General del Perú en Nagoya, Japón; Que, el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 194- 2021-RE, señaló que la jurisdicción consular será la establecida en el Decreto Supremo Nº 082-2006-RE, de 26 de diciembre de 2006; Que, en atención del Decreto Supremo Nº 041- 2022-RE y al Memorándum (CON) Nº CON00947/2022, resulta necesario modi fi car el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 194-2021-RE, en lo que respeta a la jurisdicción consular del Consulado General del Perú en Nagoya, Japón; y,De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 194-2021-RE, de 30 de diciembre de 2021, conforme al siguiente tenor: “Artículo 2.- La jurisdicción consular será la establecida en el Decreto Supremo Nº 082-2006-RE, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 041-2022-RE, de 5 de julio de 2022”. Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Suprema Nº 194-2021-RE, de 30 de diciembre de 2021, en todo aquello que no se oponga a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2088125-7 SALUD Modifican la Directiva Administrativa N° 269-MINSA/2019/DGOS “Directiva Administrativa que Regula la Identificación y Señalización de los Establecimientos de Salud en el Ámbito del Ministerio de Salud”, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 543-2019/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 527-2022/MINSA Lima, 19 de julio del 2022Visto, el Expediente Nº 21-076606-001 y el Expediente Nº 21-076606-003 que contiene el Informe Nº 239-2021-UFNATCDN-DIEM-DGOS/MINSA, el Informe Nº 250-2021-UFNATCDN-DIEM-DGOS/MINSA y el Memorándum Nº 480-2022-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud, así como, el Informe Nº 459-2022-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los numerales I, II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; que la protección de la salud es de interés público, por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; siendo de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea, y responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el numeral 8) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio